SIN INFORMACION

GARCON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

MIGRD13. ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de JEAN TIKENSON GARCON, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, vulnerando con ello su garantía de igualdad ante la ley, por lo que solicita se ordene a la recurrida que emita su parecer dentro del más breve plazo, con costas. Que, se prescindió del informe y se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de residencia definitiva presentada por la recurrente. Segundo: Que si bien el Servicio informa que la solicitud presentada por la actora se encuentra en etapa “completa antecedentes”, éste no hace referencia alguna a la notificación de dicho estado, por lo que no es posible establecer que el impulso procedimental se encuentre en ésta última, pues no logra acreditarse que la recurrente se encuentre en conocimiento de lo solicitado, razón por la que el recurrido deberá notificar el estado de la tramitación, como se dirá en la parte resolutiva de la presente sentencia. Tercero: Que, además, de la documentación acompañada por la parte recurrente y lo informado por el Servicio se advierte que la solicitud del actor está en trámite, y que ha existido una dilación excesiva en su tramitación -si se considera su fecha de inicio-, lo que permite concluir que la autoridad administrativa ha infringido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y, como consecuencia de aquello, lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al realizarse por un Órgano de la Administración del Estado, una discriminación arbitraria e ilegal en la tramitación de la visa de permanencia definitiva requerida por la recurrente, en relación con otros interesados quienes han obtenido respuesta a su petición, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas el recurso de protección deducido en favor de JEAN TIKENSON GARCON y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones sólo en cuanto la recurrida deberá, notificar como en derecho corresponda a la recurrente de la etapa respectiva con la finalidad que ésta adjunte la documentación requerida en el plazo que establezca el Servicio y, una vez cumplido, dentro de sesenta días hábiles, concluir la tramitación emitiendo pronunciamiento, sobre la solicitud presentada por el recurrente. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-22309-2023.

Texto Completo (Preview)

tcc C.A. Valparaíso Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de JEAN TIKENSON GARCON, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva solicitada, vulnerando con ello su garantía de igualdad ante la ley, por lo que s

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica