DURÁN/CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de doña Priscilla del Pilar Durán Beiza, cédula de identidad N° 14.524.813-2, funcionaria de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, quien interpuso recurso de protección en contra de la Contraloría General de la República, representada legalmente por la señora Claudia Verónica del Carmen Neira Cofré, en su calidad de Contralora Regional de Antofagasta, por el acto ilegal y arbitrario consistente en confirmar, mediante Resolución Folio E390626/2023 de fecha 07 de septiembre de 2023, la vacancia de su cargo en el Departamento de Educación dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, dispuesta por el Decreto Alcaldicio N°00428/2023, de fecha 24 de abril de 2023, por supuesta salud incompatible, solicitando a esta Corte dejarla sin efecto, y ordenar a la recurrida su reincorporación a las labores que desempeñaba, con expresa continuidad de sus remuneraciones computadas desde la separación hasta su efectiva reincorporación, y que se mantengan las mismas condiciones que existían al momento en que cesaron sus funciones, todo ello con costas. Informó la recurrida solicitando desestimar el recurso. Informaron al tenor del recurso la I. Municipalidad de San Pedro de Atacama y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte recurrente funda su recurso señalando primeramente que, que ingresó contratada al Departamento de Educación dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama el 01 marzo del año 2020, en calidad de docente de aula multigrado de la escuela rural San Roque de Peine. Sostiene que, el lunes 30 de noviembre del año 2020, sufrió un accidente automovilístico junto a su hijo de actuales ocho años de edad, fracturándose tres vértebras de la columna, sin embargo, estuvo solo el mes de diciembre de 2020 con licencia médica, ya que luego vendrían las vacaciones de verano y esperaba recuperarse en ese tiempo. Agrega que, en enero de 2021, la encargada de escuela le solicitó que requiriera su traslado a otro establecimiento para el año 2021, a lo cual se negó, recibiendo el apoyo de los apoderados quienes, al enterarse de la situación, enviaron una carta al departamento de educación para solicitar su permanencia por su buen desempeño. Señala que, en el mes de marzo de 2021 retomó sus labores, sin embargo, el trabajo de equipo fue difícil y sus labores no fueron reconocidas, siendo sus logros fueron ocultados por la encargada de la escuela. Señala que en el año 2022 se cambió a la encargada de escuela por malos tratos, debiendo llegar un nuevo profesor a asumir el cargo, lo que en definitiva no ocurrió, debiendo asumir ella dicha responsabilidad sin la debida preparación y sobre la marcha de las clases. Posteriormente, a fines de marzo, después de un paro de apoderados reclamando la incorporación de un nuevo docente para la escuela, asumió la Sra. Claudia Huisca, quien tuvo problemas con el equipo. Asegura que fue violentada por la profesora en cuestión, siendo además cuestionada y amenazada por la jefa del departamento, debiendo concurrir a explicar el asunto estando ya con licencia médica y en plena crisis de pánico debido al estrés que enfrentaba por la mencionada situación. Finalmente, el DAEM resolvió cambiar a la docente Sra. Claudia Huisca a otra escuela a petición de los apoderados y despedir a la actora después de un año de licencia médica. Indica que la Municipalidad de San Pedro de Atacama solicitó a la COMPIN declarar su estado de salud, quien resolvió en informe de fecha 31 de marzo del 2023 que este es “Recuperable”, mediante Resolución Exenta Folio:16151840. Posteriormente, con fecha 27 de abril de 2023, se le notifica por parte de la Municipalidad de San Pedro de Atacama la vacancia del cargo por “salud incompatible”, cesando sus funciones el 30 de abril de 2023. De ello, apeló ante la Contraloría Regional de Antofagasta, con fecha 09 de mayo de 2023, lo que fue resuelto el 11 de septiembre del año en curso, a través de la Resolución Folio E390626/2023, concluyendo esta que la decisión de disponer el cese de funciones por la causal de salud incompatible con el cargo fue ajustada a derecho. Refiere que el Decreto Alcaldicio N°00428 de fecha 24 de abril de 2023, omitió circunstancias específica
Fallo
Por lo expuesto, solicita a esta Corte declare que se vulneraron los derechos contenidos en la normativa precitada y, en consecuencia, que la Resolución FOLIO E390626/2023, dictada por la Contraloría Regional de Antofagasta que resuelve confirmar vacante el cargo por salud irrecuperable adolece de quebrantamiento, decretando los actos que estime pertinentes para restablecer el imperio del derecho, ordenando dejar sin efecto el acto recurrido y que se le reincorpore a las labores que desempeñaba antes de separarla de sus funciones, con expresa continuidad de sus remuneraciones computadas desde la separación hasta la efectiva reincorporación, y que se mantengan las mismas condiciones que existían al momento en que cesaron sus funciones, todo ello con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que informó doña Claudia Neira Cofré, Contralora Regional de Antofagasta, solicitando se desestime el recurso en todas sus partes. Expresa que con fecha 24 de abril de 2023, la Municipalidad de San Pedro de Atacama, a través de su Decreto Alcaldicio N°00428, de 2023, declaró la vacancia del cargo de la señora Durán Beiza por salud incompatible, fundada en el uso de licencias médicas por un lapso superior a seis meses en los últimos dos años, de conformidad con lo establecido en el artículo 72 bis de la Ley N°19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, acto administrativo notificado a la interesada, el día 27 del mismo mes y año. Luego, con fecha 09 de mayo de 2023, la actora ded
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Antofagasta, a catorce de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de doña Priscilla del Pilar Durán Beiza, cédula de identidad N° 14.524.813-2, funcionaria de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama, quien interpuso recurso de protección en contra de la Contraloría General de la República, representada legalmente por la señora Claudia Verónica del Carmen Neira Cofré, en
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