ESPINAZA/CONSTRUCTORA RODRIGO ANDRES MORA LUEIZA EIRL
Rol
Fecha
14 de noviembre de 2023
Materia
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTO: De la decisión del tribunal de origen se tienen por reproducidos sus
Fundamentos
fundamentos y citas legales, con las enmiendas siguientes: Del fundamento noveno, párrafo octavo, se elimina la frase “…descartándose, en consecuencia, que el accidente se haya verificado por una eventual exposición del actor al riesgo”. Del razonamiento décimo se elimina el apartado segundo. Del motivo décimo segundo se reemplaza la cita “treinta y dos millones quinientos mil pesos ($32.500.000) por “$15.000.000 (quince millones de pesos). Del numeral décimo tercero se elimina la frase “y la vida laboral efectiva que le queda al actor, esto 15 años”. Y CONSIDERANDO: Primero: Que, como quedó asentado en el
Fallo
fallo de nulidad, consta que entre los hechos acreditados por el tribunal del trabajo se halla la exposición imprudente del trabajador al daño en la tarea que acometió, porque por propia voluntad fue más allá de lo que la propia situación permitía, en atención a la operación específica que realizaba, a la herramienta que estaba empleando, a las características de ella y a la resistencia que encontró para destrabar la obstrucción, siendo dable, por tanto, admitir la reducción prudencial de las sumas a conceder. Segundo: Que las razones dadas por el juez, referidas al monto de la indemnización por daño moral, que se han tenido por reproducidas, son atinentes para establecerla, pero como se ha admitido la circunstancias indicada en el apartado anterior, debe efectuarse la rebaja prudencial, por lo que se estima justo fijarla en la suma de $ 15.000.000 (quince millones de pesos). Tercero: Que la reducción anterior hace procedente, asimismo, disminuir el monto de las costas personales. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 2330 del Código Civil, 474 y 482 del Código del Trabajo, se declara que: I.- SE ACOGE la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, interpuesta por el abogado Víctor Alfonso Fuentes González, en representación convencional de Andrés Abel Espinaza Pereira, en contra de Constructora Rodrigo Andrés Mora Lueiza E.I.R.L., y Aguas Nuevo Sur S.A., por lo que se les condena al pago -a esta última bajo el régimen de la responsabi
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. De acuerdo a lo ordenado en la sentencia de nulidad anterior, se pronuncia la sentencia de reemplazo siguiente, en la causa Rit O-10-2022 del Juzgado de Letras de Parral. VISTO: De la decisión del tribunal de origen se tienen por reproducidos sus fundamentos y citas legales, con las enmiendas siguientes: Del fundamento noveno, párrafo octavo, se
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