SIN INFORMACION

BASTIAN OSORIO PEREDO (MIGUEL ALEJANDRO IRIZAR VILLEGAS) CON TESORERIA REGIONAL SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Miguel Alejandro Irízar Villegas, abogado, por la parte ejecutada e incidentista de abandono del procedimiento, en los autos Rol N°10159-2017 La Granja, seguidos ante la Tesorería Regional Santiago Sur, recurriendo de hecho en contra de la resolución de 1 de septiembre pasado que no concedió, por improcedente, la apelación interpuesta en contra de aquella que rechazó un incidente de abandono del procedimiento. Explica que en el expediente referido presentó un incidente de abandono del procedimiento, siendo rechazado el mismo mediante resolución de 22 de agosto de 2023. Frente a dicha resolución, interpuso recurso de apelación cuya concesión fue denegada bajo el argumento de que este medio de impugnación no se encontraría contemplado en la etapa administrativa de cobro de obligaciones tributarias, resolución que le fue notificada el 23 de agosto del año en curso, mediante correo electrónico. Sostiene, en primer término que la resolución impugnada es susceptible de recurso de apelación por corresponder a una sentencia interlocutoria que falla un incidente estableciendo derechos permanentes y por corresponder aplicar supletoriamente al procedimiento de cobro de obligaciones tributarias las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, conforme a lo dispuesto en los artículos 2 y 190 del Código Tributario. Solicita acoger el recurso y conceder la apelación interpuesta en contra de la resolución de 22 de agosto de 2023, ordenando la remisión del expediente para su vista. Segundo: Que informó al tenor del recurso doña Pía Jalilie Osses, Directora Regional Tesorera (S) de la Tesorería Regional Santiago Sur, refiriendo que en los autos administrativos N°10159-2017 La Granja, el 22 de agosto pasado se rechazó un incidente de abandono del procedimiento promovido por el ahora recurrente de hecho, y que siendo apelada tal resolución, dicho recurso fue declarado inadmisible mediante resolución de 1 de septiembre de 202

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 2 del Código Tributario y artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido por el abogado don Miguel Alejandro Irízar Villegas, en contra de la resolución de 1 de septiembre de 2023, dictada por Miguel Araneda Villalobos, Director Regional (S) de la Tesorería Regional Santiago Sur, en su calidad de juez sustanciador, en autos Rol N°10159-2017 La Granja y, en consecuencia, se concede en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación deducido por dicha parte, debiéndose elevar los antecedentes para su conocimiento y resolución. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°66-2023-Tributario y Aduanero (recurso de hecho).

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Miguel Alejandro Irízar Villegas, abogado, por la parte ejecutada e incidentista de abandono del procedimiento, en los autos Rol N°10159-2017 La Granja, seguidos ante la Tesorería Regional Santiago Sur, recurriendo de hecho en contra de la resolución de 1 de septiembre pasado que no conc

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