JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUERTO VARAS

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2023

Materia

LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, estimándose que la sanción impuesta por el Tribunal a quo resulta ajustada a derecho, por cuanto si bien existen antecedentes que dan cuenta de que la demandada habría participado en la comisión del hecho, lo cierto es que no es posible calificar dicha participación como dolosa o de culpa grave, estándar requerido por la ley a efectos de acceder a la petición de la demandante; de conformidad a lo previsto en los artículos 5° de la Ley 20.009, y 32 de la Ley Nº18.287, se confirma la sentencia en alzada de fecha veintidós de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Policía Local de Puerto Varas, sin condena en costas. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Regístrese y devuélvase. Rol Policía Local N°258-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, estimándose que la sanción impuesta por el Tribunal a quo resulta ajustada a derecho, por cuanto si bien existen antecedentes que dan cuenta de que la demandada habría participado en la comisión del hecho, lo cierto es que no es posible calificar

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