SIN INFORMACION

GÓMEZ / ISAPRE CONSALUD S.A.

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1, Giancarlo Felippo Pesce Carreño, deduce acción de protección en favor de Roberto Gómez Salinas, chileno, empleado, casado, cédula de identidad Nº 15.416.814-1, en contra de Isapre Consalud S.A, por la acción ilegal y arbitraria consistente en el alza del complemento de cobertura catastrófica, alzándolo unilateralmente y sin fundamento legal, modificando las condiciones de su contrato en ese ítem, todo lo cual importa una amenaza, privación y perturbación a su legítimo ejercicio de las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 Nº 9 inciso final y Nº 24 de la Constitución Política de la República. Indica que recibió un correo electrónico el día 29 de septiembre de 2023, en que se le da aviso de un alza en el complemento de cobertura catastrófica, todo ello sin indicar mayores antecedentes que permitan comprender lo comunicado, dejándolo en indefensión de sus derechos y garantías constitucionales, comunicación que constituye un acto arbitrario por parte de la recurrida que vulnera su derecho de propiedad. Alega que la Isapre recurrida por medio de su decisión de postergación y no de eliminación del proceso de adecuación del periodo 2020-2021, comete un acto ilegal y arbitrario y usa el procedimiento de adecuación establecido en la ley, no explicitando razones válidas para hacerlo. De no mediar la interposición del presente recurso, se vería obligado a asumir el aumento del plan base de salud arbitrariamente impuesto por la recurrida, por lo que solicita se deje sin efecto el alza, debiendo la Isapre mantenerlo en su valor actual, todo con expresa condenación en costas. Acompaña a su solicitud la carta enviada por la recurrida. Segundo: Que, informando la recurrida Isapre Consalud S.A., solicita el rechazo de la acción, con costas, ya que el aumento de precio de los Beneficios Adicionales o Complementos del Plan de Salud contratados por el afiliado, no se encuentra regulada por las normas de los artículos 197 y 198 del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, norma que regula todo lo relativo al aumento del precio base de los contratos de salud previsional. Añade que los Beneficios Adicionales, se encuentran regulados por la Circular IF/N° 291, de 08 de agosto de 2017, de la Superintendencia de Salud, que “Imparte instrucciones sobre los beneficios adicionales”. Dicha normativa señala que: “Los beneficios adicionales que ofrezcan las isapres deberán ajustarse a su objeto exclusivo, que consiste en el financiamiento de las prestaciones de salud así como las actividades que sean afines o complementarias de ese fin; no formarán parte del plan de salud, como tampoco su precio y serán de contratación voluntaria.” Alega que se establece dentro de las menciones mínimas que deben contener los Beneficios Adicionales: “8. Estipulación del precio que se cobrará por el beneficio adicional. En caso que el precio del beneficio esté expresado en pesos, se deberá indicar la oportunidad y el monto del reaju

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de ROBERTO GOMEZ SALINAS, en contra de Isapre Consalud S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del Ministro Interino don Juan Carlos Maggiolo Caro. N°Protección-22841-2023

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, catorce de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1, Giancarlo Felippo Pesce Carreño, deduce acción de protección en favor de Roberto Gómez Salinas, chileno, empleado, casado, cédula de identidad Nº 15.416.814-1, en contra de Isapre Consalud S.A, por la acción ilegal y arbitraria consistente en el alza del complemento de co

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