PAULA MORALES ANSALDO / MINISTERIO DE SALUD
Rol
25406-2022
Fecha
6 de septiembre de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol N° 25.406-2022, caratulados “Paula Morales Ansaldo con Ministerio de Salud”, sobre reclamo previsto en el artículo 143 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en la forma interpuesto por la reclamante, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que rechazó la acción deducida en contra de la Resolución Exenta N°11 de 5 de enero de 2022, del señor Ministro de Salud, que acogió parcialmente la reclamación interpuesta en contra del acto administrativo sancionatorio y la condenó al pago de una multa de 277 Unidades de Fomento, el reintegro de $3.894.460 y la suspensión por 180 días del Registro de Modalidad Libre Elección. Segundo: Que, como nulidad formal, se alega que la sentencia incurrió en la causal prevista en el artículo 768 N°5 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170 del mismo cuerpo legal. Explica que dedujo el recurso administrativo especial de reclamación, establecido por el artículo 143 del DFL 1, del año 2005 del Ministerio de Salud, en contra de la Resolución Exenta N°11 de fecha 5 de enero de 2022, dictada por el Ministro de Salud, que acogió en parte la reclamación sancionándola, en definitiva, con la aplicación de una multa ascendente a 277 Unidades de Fomento, la orden de reintegrar al Fondo la suma de $3.894.460 y, además, se le impuso una nueva sanción, esto es, la suspensión por 180 días, que no se encontraba en la resolución anterior. Agrega que tales sanciones se aplicaron a los cargos consistentes en no contar con fichas clínicas, cobro de prestaciones no efectuadas, no contar con registros de respaldo y no actualizar lugares de atención. Explica que ingresó a prestar servicios al Centro Médico Suprav
Fallo
se declara inadmisible el recurso de casación en la forma deducido en lo principal de la presentación de quince de junio de dos mil veintidós, en contra de la sentencia del día nueve del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Ministro señor Muñoz. Rol Nº 25.406-2022. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sr. Mario Carroza E. y Sr. Roberto Contreras O. (s) y por los Abogados Integrantes Sr. Enrique Alcalde R. y Sr. Pedro Águila Y. No firma, no obstante haber concurrido al acuerdo de la causa, el Ministro Sr. Contreras por haber concluido su período de suplencia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos autos Rol N° 25.406-2022, caratulados “Paula Morales Ansaldo con Ministerio de Salud”, sobre reclamo previsto en el artículo 143 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado d
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