E Y V BARNECHEA S.A. / MESSEN GAETE DIEGO ( CASACIÓN Y APELACIÓN ).- VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En juicio sobre cumplimiento de contrato caratulado: “E & V Barnechea S.A. con Messen”, seguido ante el Juez Árbitro Francisco Ossa Santa Cruz, por sentencia de diez de octubre de dos mil dieciocho se acoge parcialmente la demanda liberando al demandado del pago de las costas. La parte demandada recurre de casación en la forma contra el fallo por las causales 1ª y 2ª del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil; además, en subsidio, solicita invalidación de oficio. Admitida la impugnación se trajo los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Causal del N° 1 del artículo 768 del C.P.C. 1° Que mediante casación en la forma se reprocha el haberse dictado la sentencia por un tribunal incompetente absolutamente en los términos del artículo 768 N° 1 del Código Adjetivo. Se insta por la anulación del
Fallo
fallo por las causales 1ª y 2ª del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil; además, en subsidio, solicita invalidación de oficio. Admitida la impugnación se trajo los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Causal del N° 1 del artículo 768 del C.P.C. 1° Que mediante casación en la forma se reprocha el haberse dictado la sentencia por un tribunal incompetente absolutamente en los términos del artículo 768 N° 1 del Código Adjetivo. Se insta por la anulación del fallo de primera instancia y la dictación de sentencia de reemplazo, con expresa condena en costas. 2° Que el vicio denunciado se hace consistir en que la cláusula compromisaria no habría sido suscrita válidamente por las partes. Sobre el particular aparecen incorporados a la causa los siguientes antecedentes: a) Documento denominado E&V ORDEN DE VISITA #41702, con el membrete ENGEL&VÖLKERS. De fecha 2 de diciembre de 2016, dirigida al propietario de la casa ubicada en Alicura N° 4361, Golf de Manquehue, precio UF 29.800,00. Donde se deja constancia de haber sugerido la oficina de corretaje de propiedades al Sr. Diego Messen, rut 13.036.292-3, visitar la señalada propiedad. En el documento se obliga el cliente, en el evento de interesarse por la propiedad, a hacer por intermedio de la corredora los trámites pertinentes para adquirirla o arrendarla. Pactando el precio del servicio de corretaje y una multa ante un eventual incumplimiento. Finalmente, en lo que interesa, se estipula que cualquier
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Santiago, trece de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: En juicio sobre cumplimiento de contrato caratulado: “E & V Barnechea S.A. con Messen”, seguido ante el Juez Árbitro Francisco Ossa Santa Cruz, por sentencia de diez de octubre de dos mil dieciocho se acoge parcialmente la demanda liberando al demandado del pago de las costas. La parte demandada recurre de casación en la forma contra el f
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