MP / CLAUDIO ROBERTO BOETTCHER URIBE, NICOLÁS LORENZO PARADA, JUAN PABLO VENEGAS OSORIO, CARLOS RICARDO MORENO LARA Y MARITZA DEL ROSARIO RODRÍGUEZ BURGOS.
Rol
Fecha
13 de noviembre de 2023
Materia
ASOCIACIONES ILICITAS.ARTS. 292 AL 295 BIS.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Lo expuesto por las partes en la audiencia de revisión de los recursos y por compartirse los
Fundamentos
fundamentos expresados en la resolución en alzada, la que se hizo cargo exhaustiva y detalladamente de la situación de cada uno de los imputados, de manera que no puede sino concluirse que han de mantenerse en todos sus extremos las decisiones en alzada,
Fallo
se declara que se confirma en lo apelado la resolución de tres de noviembre de dos mil veintitrés, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 1987-2023, que decretó las medidas cautelares personales de arresto domiciliario en contra del imputado Claudio Boettcher Uribe, y de prisión preventiva respecto de los imputados Nicolás Lorenzo Parada, Juan Pablo Venegas Osorio, Carlos Ricardo Moreno Lara y Maritza del Rosario Rodríguez Burgos. Lo anterior, acordado con el voto en contra del abogado integrante señor Rafael Plaza Reveco, quien estuvo por revocar la resolución en alzada e imponer al imputado Claudio Boettcher Uribe la medida cautelar de prisión preventiva por estimar que, en la especie, existen antecedentes suficientes para estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, principalmente, atendido el número de delitos imputados y el carácter de los mismos. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-5732-2023 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, trece de noviembre de dos mil veintitrés. Sala: Octava Rol Corte: Penal-5732-2023 Ruc: 2300246818-2 Rit : O-1987-2023 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Omar Antonio Astudillo Contreras, el Ministro (S) señora Paola Cecilia Díaz Urtubia y el Abogado Integrante señor Rafael Mauricio Plaza Reveco Relator: Paul Boulou O
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