MARMOLEJO/COMUNIDAD EDIFICIO VISTA MONSEÑOR.
Rol
Fecha
15 de noviembre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado, con fecha trece de octubre del año en curso (folio N°9), contra la resolución de seis de octubre del mismo año. N°Civil-16485-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado, con fecha trece de octubre del año en curso (folio N°9), contra la resolución de seis de octubre del mismo año. N°Civil-16485-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) (imm) Santiago, quince de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio N°3 y N°4, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular de
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