SIN INFORMACION

ROJAS / JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN ANTONIO

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece la abogada Betsabé Carrasco Orellana, Defensora Penal Público, quien interpone recurso de amparo en favor de Ivens Klei Yogan Rojas Castro, imputado en causa RIT 6866-2023, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, en contra de la resolución del 2 de noviembre de 2023, que dispuso el arresto del amparado por 10 días por aplicación del artículo 10 de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar. En cuanto a los hechos, explica que con fecha 2 de noviembre de 2023, se formalizó al amparado por el delito de desacato contemplado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil. Los hechos de la formalización son del siguiente tenor: “El día 1° de noviembre en horas de la noche, el imputado procedió a acercarse al domicilio de la víctima ubicado en calle Eucaliptus, comuna de Santo Domingo, incumpliendo la medida cautelar de prohibición de acercamiento en causa RUC 2200068793-K RIT 4731-2022, del 8°Juzgado de Garantía de Santiago”, decretándose un plazo de investigación de 30 días. El Ministerio Público solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, sin embargo, el tribunal rechazó dicha solicitud y decretó sin previa petición de parte, el arresto por 10 días del amparado, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 20.066. Señala que, tal como consta en el expediente judicial de la causa RIT 4731-2022, del 8°Juzgado de Garantía de Santiago, revisada el acta de la audiencia llevada a efecto el 12 de octubre de 2023, se le notifica al imputado la medida cautelar del artículo 9 letra b) de la Ley 20.066, decretada por la misma judicatura el día 7 de octubre de 2023, señalando dicha acta se le "Se notifica al imputado de la medida cautelar decretada en su oportunidad, advirtiendo que ante un incumplimiento podría configurar un delito de desacato", asimismo consta en audio -minuto 03:59- que no fue apercibido del apremio dispuesto en el art. 10 de la ley 20.066, por lo tanto, malamente se podría haber aplicado dicha

Fundamentos

considerando: Primero: Que la acción de amparo, prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual, protegidos en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, aparece que el amparado fue formalizado el 02 de noviembre del presente año por el delito de desacato, solicitando el Ministerio Público la medida cautelar de prisión preventiva en dicha instancia, oponiéndose la defensa pública, y decretándose la medida de arresto del imputado por el plazo de 10 días de conformidad al artículo 10 de la Ley 20.066. Tercero: Que, conforme lo expuesto, se desprende que el Tribunal recurrido decretó una medida de apremio personal, no habiendo sido solicitada por el ente persecutor, actuando de oficio al respecto, excediendo en sus facultades legales, lo que torna en ilegal la medida de arresto dispuesta, conculcándose la libertad personal del amparado consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental, razón por la cual se acogerá esta acción deducida.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Ivens Klei Yogan Rojas Castro y, en consecuencia, se deja sin efecto la medida de arresto decretada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, en causa RIT 6866-2023, por resolución del dos de noviembre de dos mil veintitrés. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2400-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, once de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece la abogada Betsabé Carrasco Orellana, Defensora Penal Público, quien interpone recurso de amparo en favor de Ivens Klei Yogan Rojas Castro, imputado en causa RIT 6866-2023, seguida ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, en contra de la resolución del 2 de noviembre de 2023, que dispuso e

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