SIN INFORMACION

LIKINSKY LOSIE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de LIKINSKY LOSIE, menor de edad de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la negativa a emitir el certificado de solicitud de residencia definitiva en trámite, lo que estima conculca su garantía fundamental del artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que la actora ingresó su solicitud de residencia definitiva en febrero de 2021, y que a la fecha no cuenta con el comprobante que acredita que su solicitud se encuentra en trámite. Solicita que se ordene a la autoridad recurrida emitir el mencionado certificado, así como que se pronuncie de su solicitud. A folio 6, evacúa informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que la materia sometida a este Corte no propia de un recurso de amparo, puesto que el recurrente no se encuentra privado de libertad, ni se ha dispuesto orden de expulsión u otra sanción a su respecto. Que se está buscando acelerar un trámite administrativo y el amparo no es la vía para ello. Explica que en caso que el extranjero quisiera salir del país no tiene impedimento para hacerlo con el comprobante de envío. Sin perjuicio de lo anterior, y en cuanto a la situación alegada, hace presente que el recurrente no mantiene solicitud de residencia definitiva en trámite ante la autoridad recurrida. A folio 7, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita la emisión del comprobante de residencia definitiva en trámite, presentada en representación del amparado ante el Servicio Nacional de Migraciones, denunciando como acto ilegal la negativa por parte de la recurrida en orden a emitir dicha certificación. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes se advierte que la materia objeto de este recurso no es de aquella contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, pues no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quien acciona, por cuanto la actora se encuentra dentro del territorio nacional y puede hacer egreso del país con el comprobante de envío de la solicitud de residencia, conforme lo ha dispuesto el Oficio Ordinario N°73.712 de fecha 30 de noviembre de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, motivos por las cuales se desestimará la presente acción. Tercero: Que, a mayor abundamiento, la omisión denunciada podría configurar el incumplimiento de una gestión administrativa, lo que debe ser reclamada por la vía correspondiente, pero no por medio de una acción como la ejercida en autos. En este sentido ha resuelto la Excma. Corte Suprema en causa Rol N° 26.262-2023, con fecha 2 de marzo del presente año, señalando que “el recurso de amparo no es la vía para acelerar trámites administrativos ante la autoridad, desvirtuando así su naturaleza, más aún, si no está afectada la libertad individual de la persona en cuyo favor se acciona, como acontece en este caso”.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de LIKINSKY LOSIE, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2332-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, once de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de LIKINSKY LOSIE, menor de edad de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la negativa a emitir el certificado de solicitud de residencia definitiva en trámite, lo que estima conculca su garantía fundamental del artículo 19 N° 7 d

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