JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ IVAN EDUARDO LAGOS OYARZO

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

visto lo dispuesto en el artículo 364 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 37 de la Ley N°18.216, se confirma la resolución del ocho de agosto del año en curso, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, doña Lorena Fernanda Fresard Briones, que intensificó la pena sustitutiva impuesta a Iván Eduardo Lagos Oyarzo. Redacción a cargo del abogado integrante don Claudio Fernández Melo. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con permiso. Devuélvase. Rol Penal N°883-2023.

Fundamentos

motivos laborales haciéndose cargo su situación de ejecución de pena. Arguye que debe considerarse el espíritu de reinserción social de la Ley 18 216. Tercero. Que, con fecha 2 de julio de 2022 se condenó a Iván Eduardo Lagos Oyarzo a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio y accesorias legales por su responsabilidad en dos delitos de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y sin haber obtenido licencia de conducir. Además, se lo condenó a 61 días de prisión en su grado mínimo, multa y penas accesorias por la comisión de un delito de hurto de vehículo. Ambas penas privativas de libertad se sustituyeron por reclusión parcial nocturna domiciliaria. Luego, Gendarmería de Chile informa incumplimientos entrando y saliendo en reiteradas oportunidades el 16 de junio de 2023. Posteriormente, se informa que el 19 de junio el condenado ingresó a su zona de inclusión a las 22:20 horas, razón por la que el Tribunal resolvió citar a audiencia para discutir la revocación de la pena sustitutiva, ordenando desactivar el dispositivo hasta esa fecha. En audiencia del 19 de julio del año en curso, el penado no comparece, por lo que se despacha orden de detención en su contra. Finalmente, en audiencia de control de la detención de fecha 8 de agosto se resolvió intensificar la pena sustitutiva a una reclusión parcial a verificarse en un establecimiento penitenciario. Cuarto. Que, conviene tener presente que el artículo 25 de la Ley N°18.216 dispone que “Para determinar las consecuencias que se impondrán en caso de incumplimiento del régimen de ejecución de las penas sustitutivas de que trata esta ley, se observarán las siguientes reglas: 1.- Tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. 2.- Tratándose de otros incumplimientos injustificados, el tribunal deberá imponer la intensificación de las condiciones de la pena sustitutiva. Esta intensificación consistirá en establecer mayores controles para el cumplimiento de dicha pena.” Quinto. Que, en este orden de ideas, de los antecedentes de la causa no se desprende que los incumplimientos informados por Gendarmería de Chile se encuentren justificados. En efecto se alude a razones laborales, pero sin efectuar mayores precisiones ni explicaciones acerca de cómo ello determinó los incumplimientos del 16 y 19 de junio pasados, de modo que esos incumplimientos no se encuentran justificados.

Fallo

Por estas consideraciones y, visto lo dispuesto en el artículo 364 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 37 de la Ley N°18.216, se confirma la resolución del ocho de agosto del año en curso, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, doña Lorena Fernanda Fresard Briones, que intensificó la pena sustitutiva impuesta a Iván Eduardo Lagos Oyarzo. Redacción a cargo del abogado integrante don Claudio Fernández Melo. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse con permiso. Devuélvase. Rol Penal N°883-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos, oídos y teniendo presente. Primero. Que, en causa RUC 1801132921-3, RIT 9088-2018 del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, se alza en apelación la defensora penal doña Macarena Agüero Díaz, en representación del penado Iván Eduardo Lagos Oyarzo, en contra de la resolución que ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de la pena impue

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