/CONSEJO TECNICO Y TRIBUNAL DE CONDUCTA GENDARMERIA VALDIVIA
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Sergio Marcelo Sobarzo González, e interpone acción constitucional de amparo contra el Consejo Técnico y Tribunal de Conducta de Gendarmería de Chile, por el rechazo de su solicitud de traslado desde Centro Penitenciario de Valdivia, donde cumple condena, al Centro de Estudio y Trabajo de Valdivia, decisión que estima vulneratoria de su libertad personal y seguridad individual. Señala tener 43 años y cumplir condena de 10 años y 5 meses en el Centro Penitenciario de Valdivia por los delitos de amenazas simples contra personas y propiedades, desacato, robo en lugar no habitado y robo en lugar habitado o destinado a la habitación, habiendo iniciado el cumplimiento de estas el 28 de mayo de 2019 y con fecha de término de condena para el 28 de octubre de 2027. Refiere que el primer semestre de este año postuló para su traslado al Centro de Estudio y Trabajo (CET) de la ciudad de Valdivia, a lo que durante el mes de junio de 2023 Gendarmería le comunicó verbalmente el rechazo de su solicitud, esgrimiendo su falta de participación en el programa de psicocriminología que se imparte en el recinto, lo que señala obedece únicamente a problemas internos en la impartición de dicho programa, no ha su falta de voluntad a la suscripción, la que de todas formas ha solicitado sin obtener respuesta de parte del recinto penitenciario. Señala cumplir con los requisitos necesarios para postular al traslado, y que el tiempo mínimo para la postulación lo cumplió el 28 de octubre de 2023, y que la negativa y sus
Fundamentos
fundamentos son ilegales y arbitrarios. Solicita se deje sin efecto la decisión y la resolución en que se contiene y se disponga judicialmente su traslado al Centro de Educación y Trabajo de la ciudad de Valdivia o las medidas que juzgue necesarias para que se restablezca el imperio del derecho. 2) Informó por Gendarmería de Chile, el Alcaide (S) del Complejo Penitenciario de Valdivia, y señaló que el 17 de abril de 2023 se elaboró informe de postulación del interno recurrente al CET de Valdivia, y que el 3 de mayo de 2023 sesionó el Consejo Técnico del Complejo Penitenciario de Valdivia, levantándose el Acta Sesión 101, donde se analizaron los antecedentes del interno, y por votación unánime se determinó rechazar su postulación al CET, en consideración a antecedentes objetivos expuestos, como su mediano compromiso delictual, inadecuada conciencia del delito, del daño y mal causado, su estado pre-contemplativo al cambio, faltas al régimen interno, nivel de reincidencia media, entre otros. Decisión que además indica fue debidamente notificada al interno, según da cuenta acta de notificación de 15 de mayo de 2023. Sostiene que la decisión del Consejo Técnico fue adoptada dentro de las facultades legales de dicho órgano colegiado, el que deliberó en base a los antecedentes fundantes tenidos a la vista. 3) Se ordenó traer los autos en relación. CONSIDERANDO: Primero: Mediante el presente arbitrio, se impugna el rechazo de la solicitud del recurrente para traslado desde Centro Penitenciario de Valdivia al CET de Valdivia, la que se adoptó por decisión unánime del Consejo Técnico del Centro Penitenciario. Segundo: Ha de dejarse consignado que al tenor de lo informado por Gendarmería de Chile y con el mérito de los documentos acompañados, consta que la solicitud del interno para su traslado al Centro de Estudios y Trabajo de Valdivia, fue recepcionada, debidamente tramitada, se dictó resolución debidamente motivada sobre su petición, dando cuenta de la revisión de los antecedentes del solicitante, y de las razones en virtud de las cuales se justifica la decisión unánime del Consejo Técnico, el que por los demás actuó dentro de su competencia legal y reglamentaria, no observándose acción u omisión ilegal o arbitraria de parte de la recurrida. Tercero: Que, establecido lo anterior, se constata que no existen elementos de convicción que permitan avizorar la efectividad de algún hecho que constituya privación, perturbación o amenaza del derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado, si se tiene de base un acto que se enmarca en la legalidad y no obedece al mero capricho de la institución recurrida. Cuarto: Que, así las cosas, factible es colegir que no concurren en la especie circunstancias que actualmente justifiquen adoptar medidas en resguardo de la libertad personal o seguridad individual del interno, por lo que el recurso de amparo deberá ser desestimado en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara que: Se rechaza la acción constitucional de amparo intentada por don Sergio Marcelo Sobarzo González. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°Amparo-252-2023
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Valdivia, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Sergio Marcelo Sobarzo González, e interpone acción constitucional de amparo contra el Consejo Técnico y Tribunal de Conducta de Gendarmería de Chile, por el rechazo de su solicitud de traslado desde Centro Penitenciario de Valdivia, donde cumple condena, al Centro de Estudio y Trabajo de Valdivia, deci
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