MP C/ ALEXIS IVAN BARRIA VILLEGAS
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de los intervinientes, teniendo presente que el informe de Gendarmería de Chile no recomienda el reemplazo de la pena privativa de libertad por el régimen de libertad vigilada intensiva, toda vez que presenta como factores de riesgo los de familia/pareja, pares y actitud y orientación procriminal, y demás antecedentes contenidos en el respectivo informe;
Fundamentos
considerando que el artículo artículo 33 de la Ley 18.216 exige el informe previo favorable de Gendarmería de Chile y siendo facultativo para el Tribunal disponer la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta y reemplazarla por el régimen de libertad vigilada intensiva, tal facultad se debe ejercer considerando, entre otras cosas, el informe favorable ya referido, lo que en la especie no se verifica, tal como lo resolvió el Juez del grado; y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 18.216, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, en cuanto por ella se negó lugar a la solicitud de pena mixta de la sentenciada SONIA FRANCISCA BARRAZA PACHECO. Regístrese y devuélvase. Rol 296-2023 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen, alegaciones de los intervinientes, teniendo presente que el informe de Gendarmería de Chile no recomienda el reemplazo de la pena privativa de libertad por el régimen de libertad vigilada intensiva, toda vez que presenta como factores de riesgo los de familia/pareja, pares y a
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