CHEPILLO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Luis Eusebio Gálvez Peña y Lillo, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Carmen Gloria Chepillo Monardes, cédula nacional de identidad N°10.579.366-9, domiciliada en Lorenzo Iduya N.º 2.569, Coquimbo, y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada por Pedro Rivas Balmaceda, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Francisco de Aguirre N°331, La Serena, por el acto consistente en rechazar ocho licencias médicas que le fueran prescritas a la actora. Como garantías vulneradas indica aquellas contenidas en los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el año 2018 le fue diagnosticado “síndrome de manguito rotador derecho y epicondilitis derecha” y que a pesar del tratamiento siguió experimentando dolores físicos, por lo cual inicio los trámites de invalidez ante Compin, siendo su solicitud rechazada por no alcanzar el porcentaje de invalidez requerido para pensionarse. Expresa que, posteriormente, a fines de 2021 se le diagnostica fibromialgia y que producto del deterioro de su salud solicitó nuevamente recibir pensión de invalidez, determinándose por dictamen de la Comisión Médica Regional de dieciséis de marzo pasado que la actora padece fibromialgia y presenta un menoscabo en su capacidad de trabajo de 56% por ciento, aceptándose,
Fallo
por tanto, la invalidez transitoria parcial a contar del 09 de noviembre de 2022. Precisa que el otorgamiento de su pensión se encuentra en espera de que se resuelva la apelación deducida por las compañías de seguros. Puntualiza que las licencias reclamadas corresponden a las N°81386259-k, 82461879-8, 83484597-0, 14394022-5, 14385459-0, 85466937-0, 86640404-6, y 88042325-8, extendidas por un total de 202 días a contar del 12 de enero de 2023. Manifiesta que sus licencias fueron rechazadas por Compin por la causal ‘reposo injustificado’, e indica que apeló de la resolución de Compin ante la SUSESO, entidad que mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-128545-2023, de 28 de septiembre de 2023, decidió mantener lo resuelto aduciendo “que de acuerdo a la documentación adjuntada, en su presentación, su patología ha sido definida de irrecuperable, razón por la cual no corresponde acoger nuevas licencias médicas, más allá del extenso periodo recientemente ya autorizado” Arguye que la recurrida actúa en forma ilegal y arbitraria al rechazar sus licencias médicas por ese motivo, toda vez que la Ley N°21.531 sobre Fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos establece en su artículo 5 que no podrán ser rechazadas las licencias otorgadas por fibromialgia por su solo diagnóstico, cuestión que acontece en el presente caso. Alega, asimismo, que la decisión de rechazar sus licencias no se encuentra suficientemente justificada al no sustentarse en algún antecedente médico y soslayar que tram
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Chepillo Monardes, Carmen Gloria Superintendencia de Seguridad Social Recurso de Protección Rol N°2159-2023 La Serena, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Luis Eusebio Gálvez Peña y Lillo, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Carmen Gloria Chepillo Monardes, cédula naciona
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