GUERRERO/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1 compareció don Ángel Andrés Guerrero Bustamante, defensor penal público, por doña Verónica Saavedra Navarro, imputada en causa RIT 187-2023, RUC 2100799549-8, del tribunal de juicio oral en lo penal de Copiapó, interponiendo acción de amparo constitucional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en contra de la resolución dictada por dicho tribunal en fecha 2 de noviembre de 2023 que autorizó el traslado de la imputada, sujeta a prisión preventiva, desde el CCP de Copiapó al CP de Rancagua. Como antecedentes de hecho, señala que la amparada fue acusada por el delito de tráfico de drogas; que se fijó juicio oral para el 4 de diciembre próximo; y, que el 2 de noviembre de 2023 el tribunal autorizó su traslado a la unidad penal de Rancagua, acogiendo una petición en tal sentido de la defensa, fundada en denuncia de amenazas de otras internas ya condenadas. Lo anterior, explica, pese a lo oposición de la defensa basada en el perjuicio que causa a esta la medida indicada, considerando las pocas semanas faltantes para el juicio y la distancia existente entre Copiapó y Rancagua, provocando desarraigo y constituyendo el traslado un agravamiento ilegítimo de la privación de libertad de la imputada, quien tiene su domicilio en la comuna de Tierra Amarilla, afectando de este modo, en forma desproporcionada, su derecho a visita. En cuanto al derecho, cita los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, y 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuyo contenido reproduce. En la parte conclusiva que se acoja el recurso, dejando sin efecto la resolución dictada con fecha 2 de noviembre de 2023 que autoriza su traslado al CP de Rancagua, ordenando su retorno al CCP de Copiapó de manera inmediata, sin perjuicio de cualquier otra providencia que esta Corte disponga para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de la libertad personal de la amparada. 2°) A folio 5 rola informe evacuado por los señores Marcelo Martínez Venegas y Juan Pablo Palacios Garrido, jueces titulares del tribunal de juicio oral en lo penal de Copiapó. Indican que mediante Of. Ord. N° 7.683, de 26 de septiembre de 2023, al que se adjuntó el informe técnico 234, de 15 de septiembre de 2023, el departamento de control penitenciario de gendarmería de Chile solicitó el traslado de la amparada al Complejo Penitenciario de Rancagua, lo que reiteró a través del Of. Ord. N° 8306/2023. Lo anterior, por cuanto según se explica, la acusada en compañía de las reclusas imputadas Valeria Andrea Ocaranza Sánchez y Tamara Gabriela Órdenes Galleguillos, fue sindicada como autora material de los delitos de amenaza de muerte y tortura, perpetrados al interior de la unidad, en contra de la interna Jocelyn Dote Alegría. Señalan que esta última manifestó que producto de lo anterior intentó ahorcarse, antecedentes que fueron denunciados mediante parte denuncia 601-2
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 19 N° 7 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido a folio 1 a favor de doña Verónica Saavedra Navarro. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-119-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1 compareció don Ángel Andrés Guerrero Bustamante, defensor penal público, por doña Verónica Saavedra Navarro, imputada en causa RIT 187-2023, RUC 2100799549-8, del tribunal de juicio oral en lo penal de Copiapó, interponiendo acción de amparo constitucional, de conformidad a lo dispuesto en e
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