SIN INFORMACION

PEÑA DURAN ERICK ALEJANDRO / COMISION DE LIBERTAD CONDICONAL

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece María Cecilia Durán Rosales, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Erick Piña Durán, cédula nacional de identidad Nº16.976.549-9, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°979-2023, de fecha 12 de octubre de 2023, por la cual se rechaza la postulación del amparado a la libertad condicional. Expone que el amparado es su hijo, y que le fue denegada la libertad condicional a pesar de que presenta una excelente conducta y lo espera un trabajo fuera del complejo penitenciario. SEGUNDO: Que evacuó informe el Ministro Felipe Pulgar Bravo, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional año 2023, indicando que se rechazó la solicitud de libertad condicional del amparado, toda vez que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia, no presentar conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado y no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos, lo cual lleva a compartir lo “lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno, continúe su proceso de intervención en el sistema cerrado, por cuanto existen actividades pendientes de ejecución”. Estima que la resolución dictada se encuentra debidamente fundada y emana de autoridad competente, la que ha actuado en ejercicio de sus funciones, por lo cual solicita el rechazo del recurso interpuesto. TERCERO: Que, la acción de amparo prevista en el artículo 21 de la Constitución Política de la República tiene por objeto proteger a las personas que ilegal o arbitrariamente sufren cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y/o a la seguridad individual motivo por el cual, y considerando que en definitiva el acto denunciado concierne a aquel en virtud del cual se negó a la amparada el beneficio de libertad condicional, corresponde determinar si en la especie la Comisión de Libertad Condicional al decidir como lo hizo incurrió efectivamente de modo ilegítimo en alguna vulneración a los derechos fundamentales precedentemente citados. CUARTO: Que, del mérito de los antecedentes se advierte que la resolución que se impugna, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, se conforma plenamente con las competencias y atribuciones que a dicho organismo le entrega el D.L. N°321 y que sus efectos no implican una perturbación o amenaza arbitraria e ilegal al derecho a la libertad personal y a la seguridad individual del amparado, desde que dicha actuación aparece debidamente fundada en los antecedentes que Gendarmería de Chile puso a su disposición para resolver la procedencia del beneficio solicitado por el amparado, guardando con ellos la debida coherencia. Q

Fallo

por tanto, no tenidos en vista por aquella para emitir su decisión. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Erick Piña Durán y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°436-2023 (Amparo).-

Texto Completo (Preview)

Peña Durán, Erick Alejandro Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 436-2023.- La Serena, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece María Cecilia Durán Rosales, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Erick Piña Durán, cédula nacional de identidad Nº16.976.549-9, y en contra de la Comisión de Libertad Cond

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