SOCIEDAD SERVICIOS INTEGRALES DE COMERCIO EXTERIOR S.A. CON TRANSPORTES DE TECNOLOGIA LIMITADA
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dieciocho de julio de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Talagante. Regístrese y devuélvase. N° 1632-2022-Civil
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó confirmando el abogado Rafael Nicolás Vial Valenzuela. San Miguel, 10 de noviembre de 2023. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 8: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dieciocho
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