AZIZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien interpone recurso de protección a favor de Vairon Aziz Abdul, empleado, de nacionalidad venezolana, cedula de identidad para extranjeros N°27.515.000-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con motivo de que ilegal y arbitrariamente se ordenó el archivo de la solicitud de residencia definitiva mediante Resolución Exenta No23334868, de fecha 31 de agosto de 2023, que ordena el archivo de la misma, lo que conculca su garantía consagrada en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Detalla que la solicitud de permanencia definitiva se realizó con fecha 19 de enero de 2023; posteriormente con fecha 31 de agosto de 2023, el recurrente recibe notificación de resolución exenta N°23334868, por medio de la cual se ordena el archivo de solicitud de residencia definitiva al considerar que el solicitante no se encuentra dentro del territorio nacional. Argumenta que la resolución que se recurre es contraria a derecho toda vez que el recurrente se encuentra dentro del territorio nacional, quien con fecha el 10 de enero de 2023, materializa un viaje hacia Colombia y posteriormente retorna a Chile el 01 de febrero de 2023, pudiendo corroborarse en los timbres de egreso e ingreso plasmados en el pasaporte, así́ mismo el recurrente se ha mantenido trabajando hasta la fecha dentro del territorio nacional, verificable esta información en las cotizaciones del certificado de AFP UNO, desde septiembre de 2022 hasta el mes de julio de 2023, por lo que dicha resolución carece de
Fundamentos
fundamentos válidos, toda vez la autoridad migratoria fundamenta el archivo en un supuesto errado, situación que deja al recurrente en completa vulnerabilidad e incertidumbre, ante un hecho completamente ilegal e arbitrario. Solicita tener por interpuesto Recurso de Protección en contra de la Resolución Exenta No23334868, de fecha 31 de agosto de 2023, que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva, solicitando que se desarchive tal solicitud y se ajuste la decisión conforme a derecho, adoptando las medidas o providencias necesarias para finalmente acordar sin más trámite, dar continuidad a su solicitud de permanencia definitiva. Acompaña cédula de identidad para extranjeros, certificado de cotizaciones AFP UNO, resolución exenta N°23334868 de fecha 31 de agosto de 2023, donde se archiva la solicitud de residencia definitiva, sellos del pasaporte y pasaporte del recurrente. A folio 04, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes. Informa que el recurrente registra ingreso al territorio nacional en calidad de turista con fecha 06 de diciembre de 2016, posteriormente con fecha 19 de enero de 2023 solicitó beneficio de permanencia definitiva por medio de las plataformas digitales dispuestas al efecto. Señala que mediante resolución exenta N° 23334869 de 31 de agosto de 2023, se archiva la solicitud del recurrente respecto del beneficio migratorio de permanencia definitiva, lo anterior por registrar una salida del territorio nacional con fecha 10 de enero de 2023, y no contando con un nuevo ingreso al territorio nacional. Argumenta que ese servicio ya se ha pronunciado sobre el beneficio migratorio de permanencia definitiva, en consecuencia entiende que no existe actualmente un acto u omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y que al haberse archivado la solicitud del recurrente, la acción de protección ha perdido toda oportunidad y eficacia. Acompaña Resolución exenta N°23334868 de fecha 31 de agosto de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones. A folio 10 informa Policía de Investigaciones de Chile, Que revisados los antecedentes del recurrente consultado el registro de viajes, registra como último movimiento migratorio un ingreso a territorio nacional de fecha 01 de febrero de 2023, por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, proveniente de España. Adicionalmente, se adjunta el Certificado de Viajes N° 53096, del 25 de octubre de 2023, emitido por el Departamento de Migraciones, dependiente de la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana. A folio 11, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o i
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso de protección deducido en favor de Vairon Aziz Abdul, sin perjuicio de otros derechos que pudiera ejercer el actor. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 22148-2023. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó́ por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien interpone recurso de protección a favor de Vairon Aziz Abdul, empleado, de nacionalidad venezolana, cedula de identidad para extranjeros N°27.515.000-2, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguri
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