JUZGADO DE GARANTIA DE VICTORIA

4A COMISARIA CARABINEROS VICTORIA C/ JORGE FROILAN PALACIOS CANUTA

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que, el abogado Defensor Público Penitenciario de Angol, Sr. Christian Fuller Fernández, en representación de los condenados SIMÓN ALEJANDRO HUENCHULLÁN MILLANAO, JORGE FROILÁN PALACIOS CAÑUTA, y PEDRO SEBASTIÁN PALACIOS CAÑUTA, todos actualmente recluidos en el módulo F, comuneros, del C.D.P. de Angol, dedujo recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia celebrada con fecha 24 de Octubre de 2023, por la Jueza del Juzgado de Garantía de Victoria, Sra. Evelyn Zelaya Latham, por la cual no se dio lugar a la cautela de garantías formulada por su parte, la que tenía por objeto, dejar sin efecto las sanciones que le fueron aplicadas a sus representados. Pide que esta Corte, acogiendo el recurso, ordene dejar sin efecto las sanciones impuestas, por ser ellas contrarias a derecho, y se ordene a Gendarmería proceder a cambiar las notas de conducta de cada uno de sus defendidos. En cuanto a las sanciones impuestas, señala que a Pedro Sebastián Palacios Cañuta y a Jorge Froilán Palacios Cañuta, se les vincula participación en los hechos acaecidos con fecha 07 de Mayo de 2023 en el módulo comuneros, del C.D.P de Angol, hechos en virtud de los cuales, se les sancionó administrativamente, aplicándoseles la sanción de privación de toda visita, por 25 días, mediante el parte N°722, de fecha 07 de Mayo de 2023, ratificado por la resolución interna N°111 de fecha 08 de Mayo de 2023. En cuanto a las faltas que se establecieron, éstas consisten en la resistencia activa al cumplimiento de las órdenes recibidas de autoridad o funcionario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones y en la participación en motines, huelgas de hambre, en desórdenes colectivos o la instigación a estos hechos cuando se produzcan efectivamente. Agrega que Pedro Sebastián Palacios Cañuta, tiene la calidad de imputado en la causa RIT 839-2023, del Juzgado de Garantía de Angol, por los hechos antes referidos, y que fue nuevamente sancionado,

Fallo

Por estas consideraciones y normas legales citadas SE CONFIRMA, la resolución dictada en audiencia de fecha 24 de octubre del año en curso, celebrada en causa RIT 433-2020, RUC 2000514051-0 del Juzgado de Garantía de Victoria, que no dio lugar a la cautela de garantías formulada por la defensa y mantuvo las sanciones disciplinarias dispuestas por Gendarmería de Chile respecto de los condenados SIMÓN ALEJANDRO HUENCHULLÁN MILLANAO, JORGE FROILÁN PALACIOS CAÑUTA y PEDRO SEBASTIÁN PALACIOS CAÑUTA. Devuélvase e incorpórese a la carpeta digital. Redactada por la Ministra Suplente Cecilia Subiabre Tapia. Rol N° Penal-1571-2023.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que, el abogado Defensor Público Penitenciario de Angol, Sr. Christian Fuller Fernández, en representación de los condenados SIMÓN ALEJANDRO HUENCHULLÁN MILLANAO, JORGE FROILÁN PALACIOS CAÑUTA, y PEDRO SEBASTIÁN PALACIOS CAÑUTA, todos actualmente recluidos en el módulo F, comuneros, del C.D.

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