GATÍCA / JUZGADO DE GARANTÍA DE LIMACHE
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Marianela Gatica Gatica, Defensora Penal Pública, quien deduce recurso de amparo en favor de Flavio Alexander Salazar Olivares, en contra de la resolución del 23 de octubre de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache en causa RIT 1596-2023, que dispuso el traslado del amparado a la Sección Juvenil del Complejo Penitenciario de Valparaíso. En cuanto a los hechos, explica que el amparado el 5 de mayo de 2023 fue condenado por el Tribunal de juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar a la sanción nueve años de internación de régimen cerrado con programa de reinserción social como autor del delito consumado de secuestro calificado con resultado de muerte, previsto y sancionado en el artículo 141 inciso final del Código Penal, cometido los días 13 y 14 de enero de 2022. El día 17 de agosto de 2023 se aprobó el plan de intervención del joven, derivando competencia al Tribunal de Limache, por corresponderle la ejecución de la sanción. El amparado se encuentra hasta la fecha cumpliendo su sanción en el Centro de Internación Provisoria CRC de Limache. Que en la audiencia del 23 de octubre de 2023, el mencionado Centro solicita el traslado del adolescente a la sección juvenil de Valparaíso por cumplirse los requisitos establecidos en la ley, esto es, faltar gravemente al reglamento y ser actualmente mayor de edad. La defensa se opuso a la solicitud, fundado en que no se dan presupuestos para el traslado, no obstante ello el tribunal estimó que sí se cumplían los requisitos y dispuso el traslado. Señala que la resolución recurrida resulta ilegal, por cuanto el artículo 17 de la Ley 20.084, al definir la internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, indica que esta deberá cumplirse en un centro especializado para adolescentes a cargo del Servicio de Mejor Niñez. Así, en este caso, se está sometiendo al amparado a una forma más gravosa de cumplimiento, en un lugar no previsto por el juez que aprobó el plan de intervenc
Fundamentos
considerando también que al joven le resta menos de seis meses por cumplir su sanción. Solicita, en definitiva, que se acoja el presente recurso y se ordene la mantención del amparado en el Centro Cerrado de Limache para el cumplimiento de su sanción. A folio 4, se evacúa informe por la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Limache doña Paulina Martínez Meller. Expone que, en causa RIT 1596-2023-2023, con fecha 24 de agosto de 2023 se aceptó la competencia para controlar la ejecución de la sanción impuesta en la sentencia definitiva de fecha 05 de mayo de 2023 del Juzgado de Garantía de Viña del Mar (en causa RIT 363-2022), de nueve años de régimen cerrado con programa de reinserción social, respecto del amparado, por su responsabilidad como autor del delito consumado de secuestro calificado con resultado de muerte. Que, con fecha 06 de octubre de 2023, el Centro Cerrado de Limache solicitó al tribunal autorización para el traslado del sentenciado mayor de edad hacia la Sección Juvenil del Complejo Penitenciario de Valparaíso, a fin de que cumpliese en ese recinto el saldo de su sanción, por existir un incumplimiento grave al reglamento del Centro, que pone en grave riesgo la integridad de otras personas. Para esto, acompañó el informe respectivo, que se adjunta en autos. Luego, el 23 de octubre de 2023, se efectuó la audiencia de rigor, en la cual el abogado de SENAME y la delegada del Centro Cerrado de Limache expusieron los argumentos de su solicitud, dando cuenta de los constantes actos disruptivos que ha tenido el sentenciado dentro del Centro. El Sr. Fiscal, quien fue del parecer de que se acogiera la petición y la defensa se opuso a la medida de traslado. Que, el tribunal acogió la petición del Centro Cerrado de Limache, por encontrarse el imputado en la hipótesis del inciso penúltimo del artículo 56 de la Ley 20.084, desde que independientemente del saldo de la sanción que le reste por cumplir, incurrió en una serie de actos constitutivos de faltas graves, al no haber acatado las instrucciones dadas por educadores de trato directo, amenazar tanto a otros internos como a educadores de trato directo y psicólogos interventores, portar en reiteradas ocasiones elementos cortopunzantes, mantener consigo sustancias psicotrópicas y participación en riñas con otros internos. A todo esto, se agregan los hechos en que se vio involucrado en el mes de septiembre pasado, en que junto a otro interno agredió físicamente a Jesé Oliva Pérez, dejándolo con lesiones en su boca y cuello que fueron debidamente constatadas en el Hospital Local. En cada una de sus sanciones se realizaron los procesos disciplinarios respectivos, sin embargo, al tenor del historial que registra, el sentenciado persiste en su manera de actuar. A folio 5, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la lib
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza sin costas la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Flavio Alexander Salazar Olivares, en contra del Juzgado de Garantía de Limache. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2340-2023. En Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, comparece Marianela Gatica Gatica, Defensora Penal Pública, quien deduce recurso de amparo en favor de Flavio Alexander Salazar Olivares, en contra de la resolución del 23 de octubre de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Limache en causa RIT 1596-2023, que dispuso el traslado del amparado a la Secci
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