TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCION

IMPUTADO: IVAN MAURICIO EDUARDO VALLEJOS SANHUEZA

Rol

Fecha

10 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa RUC Nº2110043588-5, RIT Nº 156-2022, del ingreso del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, correspondiente al ingreso Rol 1221-2023 de esta Corte, el abogado Eduardo Cruz Sanhueza, Defensor Penal Público, en representación del condenado Iván Mauricio Eduardo Vallejos Sanhueza, Vallejos Sanhueza, ha interpuesto recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 28 de agosto de 2023, mediante la cual se condenó a Iván Mauricio Eduardo Vallejos Sanhueza, como autor del delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, cometido el 22 de septiembre de 2021, en la comuna de Concepción, a la pena efectiva de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, más accesorias legales. Dispone también la sentencia, que la pena temporal a que ha sido condenado Vallejos Sanhueza deberá cumplirla en forma efectiva, la que se contará desde que se presente o sea habido, una vez firme y ejecutoriada que sea esta sentencia, sirviéndole de abono el tiempo que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es un día (1) que permaneció privado de libertad con ocasión de esta causa; y que se le exime del pago de las costas de la causa, por estar actualmente privado de libertad y ser representado por la Defensoría Penal Pública. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista en la audiencia del 23 de octubre recién pasado, fijándose para la lectura del fallo el 10 de noviembre de 2023.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º.- Que a través de esta vía procesal extraordinaria, la defensa del imputado Vallejos Sanhueza invoca como motivo absoluto de nulidad, la causal del artículo 374 literal e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, y solicita que esta Corte declare la nulidad de la sentencia condenatoria y del juicio oral en que recayó, ordenando la realización de un nuevo juicio oral por jueces no inhabilitados. 2º.- Que, al explicar el motivo de nulidad, el recurrente señaló, en síntesis, que en la dictación del

Fallo

fallo el 10 de noviembre de 2023. CONSIDERANDO: 1º.- Que a través de esta vía procesal extraordinaria, la defensa del imputado Vallejos Sanhueza invoca como motivo absoluto de nulidad, la causal del artículo 374 literal e), en relación con los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, y solicita que esta Corte declare la nulidad de la sentencia condenatoria y del juicio oral en que recayó, ordenando la realización de un nuevo juicio oral por jueces no inhabilitados. 2º.- Que, al explicar el motivo de nulidad, el recurrente señaló, en síntesis, que en la dictación del fallo se habría omitido un requisito esencial, cual es la exposición clara, lógica, y completa de los hechos que se dieron por probados y la valoración de los medios de prueba en virtud de los cuales se fundamentó la decisión condenatoria. En este aspecto, expresa que la sentencia vulnera el principio de la lógica de la razón suficiente, y para sustentar el vicio que invoca, señala que en base a la prueba rendida en el juicio oral y previa valoración de la misma, en el considerando SÉPTIMO se establecen los hechos que el tribunal estima acreditados, más allá de toda duda razonable; en el considerando OCTAVO, el tribunal explica el razonamiento que realizó para dar valor de convicción a las pruebas sobre cuya base dio por establecidos los hechos señalados en el motivo precedente, de conformidad al artículo 297 del Código Procesal Penal; enseguida, en el considerando noveno, se indica que la

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción rtp Concepción, diez de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: En causa RUC Nº2110043588-5, RIT Nº 156-2022, del ingreso del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, correspondiente al ingreso Rol 1221-2023 de esta Corte, el abogado Eduardo Cruz Sanhueza, Defensor Penal Público, en representación del condenado Iván Mauricio Eduardo Vallejos Sanhueza, Vallejos Sanhuez

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