FRANCISCO ANIBAL PINTO SERRANO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, para interponer acción constitucional de amparo en favor de Francisco Aníbal Pinto Serrano, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que, en sesión realizada el mes de octubre del año en curso, rechazó otorgarle el beneficio solicitado. Indica que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de receptación. Registra como fecha de inicio de condena el 8 de octubre de 2021, como fecha estimada de término el 9 de octubre de 2024, cumpliendo con el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio el 9 de abril de 2023. Agrega que registra 4 bimestres de conducta muy buena. Sostiene que cumple con el requisitos de conducta y cuenta con un informe psicosocial elaborado por especialistas de Gendarmería de Chile,
Fundamentos
motivos por los cuales estima concurrentes todos los requisitos exigidos por la ley para optar al beneficio de libertad condicional, añadiendo con ello que la recurrida actuó de manera ilegal y arbitraria toda vez que solo se enfocó en los aspectos desfavorables de dicho informe, no sopesando aquello que la favorecía. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que Gendarmería de Chile acompañó el informe consolidado de postulación al proceso de libertad condicional e informe psicosocial del interno. De acuerdo a tales antecedentes, indica que se encuentra cumpliendo una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, por el delito de receptación, impuesta por el Juzgado de Garantía de Melipilla en causa RIT 2194-2019. Registra como fecha de inicio de condena el 8 de octubre de 2021, como fecha estimada de término el 9 de octubre de 2024, cumpliendo con el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio el 9 de abril de 2023. Agrega que registra 4 bimestres de conducta muy buena y presenta bajo compromiso delictual. Añade que la persona en cuyo favor se recurre ingresa a PPL, determinándose que tiene un riesgo de reincidencia medio. Se evidencia necesidad de intervención en áreas de uso de tiempo libre, ya que requiere incorporar actividades prosociales; en pares, considerando la asociación a pares criminógenos; patrón antisocial, dada las actitudes delictuales internalizadas y la adherencia a estilos de vida criminógenos. Agrega que el interno se aprecia mayormente reflexivo respecto a estilos de vida mantenidos y factores de riesgo asociados a la conducta antisocial mantenida. Se aprecia un desarrollo de su capacidad de análisis, incorporando de manera favorable aprendizajes en todos los ámbitos en los que ha participado. Posee un desarrollo de conciencia del delito y del mal causado, manifestando rechazo explícito a la comisión delictual. Además, se desempeña en el CET cerrado, en el área productiva de armado de ventanas de aluminio, para pasar posteriormente al área de panadería y encontrarse actualmente atendiendo sala de ventas del CET cerrado. En el año 2022, aprobó 2° nivel medio (3° y 4° medio). Señala que una vez obtenida su libertad, pretende desempeñarse laboralmente junto a su suegro en el rubro de instalación de pasto alfombra, contando con una promesa de trabajo donde se especifica interés en contratar al interno, especificando funciones y horarios, teniendo intenciones de estudiar y considerando que cuenta con una beca dado su buen puntaje en la PAES. Así, sus expectativas laborales se consideran realistas y acordes a sus posibilidades. Finalmente se hace presente que hace uso de beneficios intrapenitenciarios, con salida dominical desde el 7 de mayo de 2023 y permiso de fin de semana desde el 1° de septiembre de este año. Tercero: Que informa por la Comisión d
Fallo
fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Francisco Aníbal Pinto Serrano, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Dese inmediata orden de libertad, si no estuviese privada de ella con motivo de otra causa. Notifíquese a la Comisión de Libertad Condicional y al Centro Penitenciario correspondiente para su cumplimiento. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº 776-2023 Amparo
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Haslie María Paz Bustamante Vargas. San Miguel, 10 de noviembre de 2023. Emil Ibarra S., relator. San Miguel, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio 10: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, para interponer acción constitucional de amparo en favor de Francisc
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