SIN INFORMACION

FUENTES / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

9 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que, en folio uno, se interpone recurso de amparo a favor de Juan Carlos Fuentes Lucero, Cédula de Identidad N° 09.354.928-7, quien actualmente cumple condena en el Centro De Cumplimiento Penitenciario San Antonio, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal y arbitraria, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley N° 321 sobre Libertad condicional, y sus modificaciones. Pide se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por la ley para ello. A folio 5, evacúa informe la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, adjuntando la resolución recurrida que contiene los

Fundamentos

fundamentos de la decisión. A folio 4, evacua informe el Sr. Alcaide del Complejo Penitenciario de San Antonio, limitándose a remitir los antecedentes pertinentes. Se ordenó traer estos autos en relación Con lo relacionado y considerando: Primero: Que por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la resolución emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual la recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, según el razonamiento en ella contenido. Segundo: Que, aun cuando el recurrido tiene la facultad de ponderar la documentación que le sea presentada y, conforme a ella, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que la misma pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados por el mencionado informe. Tercero: Que, en efecto, del informe de postulación psicosocial de libertad condicional, aparece que el interno presenta bajo nivel de reincidencia, cuenta con los beneficios penitenciarios de salida dominical, salida de fin de semana y salida controlada al medio libre. Cuarto: Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al sentenciado, pese a cumplir con todos los requisitos previstos en los artículos 2° y 3° del Decreto Ley N°321, apareciendo la decisión contraria a los antecedentes pertinentes, con lo cual se ha privado ilegalmente al amparado de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida, tal como se dirá en lo resolutivo de esta sentencia.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Carlos Fuentes Lucero ,y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución N°1233 -2023, de once de octubre de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara que se le concede el beneficio de la libertad condicional al amparado ya individualizado. Dese orden de libertad al interno antes nombrado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese lo resuelto a la Comisión de Libertad Condicional y al Complejo Penitenciario de San Antonio, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2380-2023. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, nueve de noviembre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de noviembre de dos mil veintitrés. Visto: Que, en folio uno, se interpone recurso de amparo a favor de Juan Carlos Fuentes Lucero, Cédula de Identidad N° 09.354.928-7, quien actualmente cumple condena en el Centro De Cumplimiento Penitenciario San Antonio, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazó otorgar la libertad co

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