IMAGOMEDIA SPA/FISCO-TESORERIA PROVINCIAL DE ÑUÑOA
Rol
Fecha
10 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el plazo para interponer el recurso de hecho, es de cinco días, contados desde que el Tribunal inferior deniega el recurso de apelación. Que en estos autos la resolución que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recurrente, según se aprecia en el sistema compartido computacional, con fecha seis de octubre del año en curso, por carta certificada, y este recurso fue interpuesto el día diecisiete de octubre de dos mil veintitrés, según consta en el folio N°1. Que de lo relacionado cabe deducir que el recurso mencionado fue interpuesto en forma extemporánea. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 203 y 200 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de hecho interpuesto a lo principal de la presentación de folio N°1. Archívese. N°Civil-17323-2023.
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de hecho interpuesto a lo principal de la presentación de folio N°1. Archívese. N°Civil-17323-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, diez de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio N°1: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el plazo para interponer el recurso de hecho, es de cinco días, contados desde que el Tribunal inferior deniega el recurso de apelación. Que en estos autos la resolución que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recu
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