JUZGADO DE LETRAS DE PITRUFQUEN

FUENTES/

Rol

Fecha

8 de noviembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

C.A. de Temuco Temuco, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS. Se eliminan de la sentencia el último párrafo del

Fundamentos

considerando noveno; se eliminan los considerandos décimo y undécimo, y se reemplazan por los siguientes: Habiéndose acreditado mediante información sumaria de los testigos Marcela Ivette Esparza Lara y don Juan Carlos Gajardo Correa, que el menor ha sido conocido bajo los nombres y apellidos de “Sandoval” a “Ambiado”, por más de 5 años a la fecha, y habiéndose probado que el menor se ha identificado bajo el apellido paterno “Ambiado”, que es el apellido del padre biológico de su hermana menor; quien además es conviviente de su madre, este tribunal estima que procede conforme lo dispone el artículo 1º letra b) de la Ley N° 17.344 que autoriza suprimir él o los nombres que no se hubiesen usado durante un lapso mínimo de cinco años, lo que ha probado con la información de testigos rendida, informe del defensor público designado, y los documentos acompañados, por lo que, se dará lugar en esos términos a la presente petición. Por lo antes expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 4.808, artículo 1 letra b), inciso 2 y 3, y artículo 4 inciso 3 de la Ley 17.344; artículos 160, 170 y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: Que HA LUGAR, a la petición formulada a folio 1 por solicitud de fecha 04 de enero de 2022, efectuada al Tribunal por doña MACARENA ANDREA FUENTES FUENTES, representando a su hijo menor de edad AMARO ALONSO SANDOVAL FUENTES, cuyo nacimiento se encuentra inscrito en el Registro de Nacimientos a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, Circunscripción de Temuco, bajo el N°3712 del año 2015, en el sentido de proceder a rectificar su Partida de Nacimiento, eliminándose su apellido paterno “SANDOVAL el que se reemplaza por el apellido paterno “AMBIADO”, siendo los nombres y apellidos definitivos del menor el de “AMARO ALONSO AMBIADO FUENTES, RUN N°25.121.154-K. Con todo, procédase por el Oficial del Servicio del Registro Civil competente, a rectificar la Partida de Nacimiento de la Circunscripción de Temuco, Inscripción N°3712, del año 2015, en los términos señalados. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redactada por el Abogado Integrante Sr. Ricardo Fonseca Gottschalk. Rol N° Civil-979-2023.(jog)

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C.A. de Temuco Temuco, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS. Se eliminan de la sentencia el último párrafo del considerando noveno; se eliminan los considerandos décimo y undécimo, y se reemplazan por los siguientes: Habiéndose acreditado mediante información sumaria de los testigos Marcela Ivette Esparza Lara y don Juan Carlos Gajardo Correa, que el menor ha sido conocido bajo los nom

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