SONIA MARCELA CANCINO HERMOSILLA CON WORLD PACK SOCIEDAD ANONIMA Y OTRA
Rol
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGE NULIDAD
Hechos
VISTO: En causa laboral RUC 22-4-0384867-4 y RIT O-211-2022, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre demanda de declaración de único empleador, despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, en procedimiento de aplicación general, correspondiente al Rol 648-2023 de esta Corte, por sentencia definitiva dictada por el juez suplente Pablo Salvador Zambrano Castillo, que figura datada el 11 de agosto del año en curso –pero ordenada incorporar al respectivo sistema informático (en texto escaneado) con fecha 18 de agosto pasado-, se decidió literalmente lo siguiente: “I. Que HA LUGAR, a la demanda, interpuesta por doña SONIA MARCELA CANCINO HERMOSILLA, en contra de las demandadas CHILEAN TRADING COMPANY S.A., sociedad de giro comercial, Rol Único Tributario N° 96.785.290-2; y de WORLD PACK S.A., todos ya individualizados, declarándose en definitiva lo siguiente: a) Que las demandadas constituyen un solo empleador para fines laborales, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 3° del Código del Trabajo. b) Que el vínculo jurídico-laboral que existió entre la demandante y las demandadas se extendió entre el 03 de octubre de 2013 y el 04 de febrero de 2022. c) Que el contrato de trabajo terminó por aplicación de la norma del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, en relación con el artículo 171 del mismo cuerpo legal, con fecha 04 de febrero de 2022 d) Que por existir cotizaciones previsionales pendientes al momento de la terminación del contrato, precisamente las correspondientes a los meses de octubre y noviembre del año 2013, se le aplicará a las demandadas la sanción establecida en el artículo 162 inciso 7° del Código del Trabajo. e) Que como consecuencia de lo anterior se condena a las demandadas a pagar de manera solidaria, como único empleador, los siguientes montos a la demandante: 1.- Indemnización por años de servici
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según lo recién señalado, el apoderado de las dos demandadas ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva más arriba singularizada, invocando, en primer lugar, el motivo de invalidación relativo a la infracción de la normativa sobre la inmediación, aduciendo para ello, en síntesis, que la audiencia de juicio se realizó en esta causa los días 21 y 27 de febrero de este año, y, en esta última, se fijó como fecha para la notificación de la sentencia respectiva el día 16 de marzo de 2023.- Sin embargo, añade, el
Fallo
fallo impugnado y se retrotraiga la causa a la etapa procesal de iniciarse una nueva audiencia de juicio dirigida por un juez no inhabilitado, y, en lo relativo a la causal subsidiaria, se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo, donde se rechace, en todas sus partes y con costas, la demanda interpuesta en autos. Se procedió a la vista del recurso en audiencia, asistiendo y alegando los abogados de las recurrentes y de la demandante recurrida. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según lo recién señalado, el apoderado de las dos demandadas ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva más arriba singularizada, invocando, en primer lugar, el motivo de invalidación relativo a la infracción de la normativa sobre la inmediación, aduciendo para ello, en síntesis, que la audiencia de juicio se realizó en esta causa los días 21 y 27 de febrero de este año, y, en esta última, se fijó como fecha para la notificación de la sentencia respectiva el día 16 de marzo de 2023.- Sin embargo, añade, el fallo recién se dictó el 21 (sic) de agosto pasado, lo que importa un extenso intervalo que transcurrió, desde que se rindió la prueba, hasta la dictación de la sentencia, no existiendo así continuidad, lo que redunda en que el juzgador no pudiera realizar un adecuado análisis de los hechos, lo que le impidió adquirir la certeza y convicción necesarias para resolver el conflicto. Arguye, además, citando doctrina, que las ventajas del elemento espacial se verían anuladas si
Texto Completo (Preview)
Concepción, martes siete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: En causa laboral RUC 22-4-0384867-4 y RIT O-211-2022, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, sobre demanda de declaración de único empleador, despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, en procedimiento de aplicación general, correspondiente al Rol 648-2023 de esta Corte, por se
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica