BANCO ITAUCHILE./SOCIEDAD CONSTRUCTORA COMALPO LTDA.
Rol
Fecha
9 de noviembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. 3) Que, a mayor abundamiento se debe indicar, que el presente arbitrio no cumple con los requisitos a que se refiere el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, en el sentido de consignar los
Fundamentos
fundamentos de derecho que sustenten su pretensión de revocación de la decisión impugnada, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutante el cinco de octubre del año en curso (folio N°45), en contra de la resolución de dos del mismo mes y año (folio N°44-cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-16172-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la
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