2º JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL DE ANTOFAGASTA

VALENZUELA/SALAZAR

Rol

22381-2022

Fecha

5 de septiembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario de acción de precario tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta bajo el Rol C-4325-2019, caratulado “Valenzuela con Salazar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintidós, que confirmó el fallo de primer grado de tres de enero de dos mil veinte, que acogió la demanda y condenó a los demandados a restituir a los actores los inmuebles que ocupan. Segundo: Que el recurrente en su arbitrio de nulidad sustancial acusa que la sentencia infringe los artículos 2195 inciso 2º, 2174, 2186 y 2194 del Código Civil. Expone, en síntesis, que los sentenciadores acogieron la demanda calificando erróneamente la relación que unía a las partes como un precario a pesar que entre ellas existe un contrato de comodato precario, mediante el cual no se fijó plazo para su restitución y tampoco se prestó para un servicio particular. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Con fecha 14 de agosto de 2019, comparece el abogado Gonzalo Rojas Figueroa, en representación de Ana del Carmen, Eliberto Antonio, María Rosa, Roberto Ricardo, Liliana Margarita, Carolina Isabel y de Víctor Manuel, todos de apellidos Valenzuela Miranda, deduce demanda de precario en contra de Magaly Jacqueline, de Alba Isabel, de Crisot Benilda y de Julio Eduardo, todos de apellidos Salazar Muñoz. La fundó en que sus representados son dueños de los inmuebles ubicados en calle Buenos Aires N°748 y Buenos Aires N°738-742, de la comuna y ciudad de Antofagasta. Añade que los demandados han ocupado las propiedades carec

Fallo

fallo de primer grado de tres de enero de dos mil veinte, que acogió la demanda y condenó a los demandados a restituir a los actores los inmuebles que ocupan. Segundo: Que el recurrente en su arbitrio de nulidad sustancial acusa que la sentencia infringe los artículos 2195 inciso 2º, 2174, 2186 y 2194 del Código Civil. Expone, en síntesis, que los sentenciadores acogieron la demanda calificando erróneamente la relación que unía a las partes como un precario a pesar que entre ellas existe un contrato de comodato precario, mediante el cual no se fijó plazo para su restitución y tampoco se prestó para un servicio particular. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Con fecha 14 de agosto de 2019, comparece el abogado Gonzalo Rojas Figueroa, en representación de Ana del Carmen, Eliberto Antonio, María Rosa, Roberto Ricardo, Liliana Margarita, Carolina Isabel y de Víctor Manuel, todos de apellidos Valenzuela Miranda, deduce demanda de precario en contra de Magaly Jacqueline, de Alba Isabel, de Crisot Benilda y de Julio Eduardo, todos de apellidos Salazar Muñoz. La fundó en que sus representados son dueños de los inmuebles ubicados en calle Buenos Aires N°748 y Buenos Aires N°738-742, de la comuna y ciudad de Antofagasta. Añade que los deman

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Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario de acción de precario tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta bajo el Rol C-4325-2019, caratulado “Valenzuela con Salazar”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada contra la sentencia dict

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