JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

GONZÁLEZ/SEGURIDAD Y SERVICIOS FEDERAL CORP S.A. Y

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2023

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos de la causal de despido del 160 Número 3 del Código del Trabajo de ausencia injustificada del trabajador por dos días seguidos alegado por la empresa demandada principal fundado principalmente en la prueba documental de la demandada la que si bien fue OFRECIDA O SEÑALADA en la AUDIENCIA PREPARATORIA por el empresa atendido que dicha parte NO COMPARECIO A LA AUDIENCIA DE JUICIO y como consecuencia de su rebeldía toda su prueba instrumental JAMAS fue producida o rendida conforme a la ley procesal laboral y esta parte demandante , por tanto , tampoco pudo realizar su examen y la objeción de esa evidencia que nunca fue rendida, en definitiva, ningún documento de la demandada principal se incorporó legalmente al juicio oral laboral y menos pudo ser fundamento del fallo definitivo viciado por esas causal”. Indica el recurrente que en el

Fundamentos

fundamentos diferentes; solicitando se proceda a anular la sentencia recurrida y se proceda a dictar sentencia de reemplazo acogiendo la demanda en todas sus partes, en la forma como señala. El recurso fue declarado admisible, procediéndose a su vista el día treinta y uno de octubre del año en curso, recibiéndose alegatos de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el primer fundamento del motivo de nulidad invocado por la recurrente es el establecido en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, “Cuando en la dictación de la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de la ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, y que este caso señala se produce “cuando la Juez Laboral funda su sentencia definitiva estimando probados o acreditados los hechos de la causal de despido del 160 Número 3 del Código del Trabajo de ausencia injustificada del trabajador por dos días seguidos alegado por la empresa demandada principal fundado principalmente en la prueba documental de la demandada la que si bien fue OFRECIDA O SEÑALADA en la AUDIENCIA PREPARATORIA por el empresa atendido que dicha parte NO COMPARECIO A LA AUDIENCIA DE JUICIO y como consecuencia de su rebeldía toda su prueba instrumental JAMAS fue producida o rendida conforme a la ley procesal laboral y esta parte demandante ,

Fallo

por tanto , tampoco pudo realizar su examen y la objeción de esa evidencia que nunca fue rendida, en definitiva, ningún documento de la demandada principal se incorporó legalmente al juicio oral laboral y menos pudo ser fundamento del fallo definitivo viciado por esas causal”. Indica el recurrente que en el considerando décimo de la sentencia en estudio aparece claro que la sentenciadora valora prueba que no fue incorporada en el juicio por la rebeldía a la audiencia respectiva de la demandada principal y que no obstante fue ofrecida en la preparatoria, no puede ser fundamento de la sentencia para rechazar la demanda y acoger la causal de despido del trabajador invocado por el empleador, como ocurrió en este caso; infringiéndose con ello los artículos 453 inciso 1 número 4; artículo 454 inciso 1 número 1 del Código del Trabajo y consecuencialmente el articulo 160 número 3 y 162 del mismo código laboral. Agrega que dichas infracciones de ley influyeron sustancialmente en el fallo, ya que éste “se ha basado en una falsa incorporación de pruebas solamente ofrecidas en la preparación por la parte empresa demandada principal, parte demanda que no concurrió al audiencia de juicio laboral, y que en definitiva NO HA RENDIDO NINGUNA PRUEBA, teniendo en consideración la prueba documental debió ser incorporada en la audiencia de juicio como corresponde, de acuerdo al artículo 454 del Código del trabajo. Con lo anterior es imposible que la demandada principal de acreditara la causa aco

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C.A. de Valparaíso rrn Valparaíso, siete de noviembre de dos mil veintitrés. V I S T OS: Que en esta causa, RUC 2140368550-7, RIT O-1295-2021, N° IC 703-2023, CRISTIAN LATOJA ANDRADE, Abogado, por el demandante Raúl González Segovia, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha veintiocho de agosto de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Letras del Trabajo

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