MASSA / MATAMALA
Rol
88330-2020
Fecha
5 de septiembre de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en la causa Rol 774-2019, de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tramitada para conocer la apelación de un incidente sobre tasación de bienes sociales embargados decretado en la causa Rol C-967-2012, del Juzgado de Letras de Castro, caratulada “Massa con Matamala” sobre terminación de contrato de arriendo y que se encuentra en etapa de cumplimiento, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la demandante en contra de la resolución de dicha Corte, de once de mayo del presente año, que rechazó un incidente de nulidad de la vista de la causa impetrado por el recurrente. Segundo: Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil establece, en lo pertinente, que el recurso de casación en la forma procede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia “sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa”. Al efecto, como consta de los antecedentes, la recurrente se hizo parte en segunda instancia por medio de escrito de dieciséis de agosto de 2019, donde, además, pidió alegatos, siendo rechazado esto último por resolución de veinte de agosto de ese mismo año, poniéndose los antecedentes a disposición del relator para la cuenta respectiva como consta en resolución de fecha veintisiete de marzo de 2019. Luego, es posible concluir, que la recurrente ha sido debidamente emplazada en esa instancia. Tercero: Que la resolución impugnada por la vía de la nulidad formal no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no se trata de una sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio o haga imposible su continuación, ni de una dictada en segunda instancia que adolezca de los defectos en dicha norma signados, razón
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma, interpuesto por el abogado Milton Alexis Cuevas Jara, en representación de demandante y en contra de la resolución de once de mayo de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Al escrito folio N° 74.528-2021: atendido que en la presentación no consta la firma electrónica de Cristian Matamala Quezada, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese y devuélvase. Rol N° 88.330-2020.- Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sra. Rosa Maggi D., Sra. Rosa Egnem S., Sr. Juan Eduardo Fuentes B., Sr. Carlos Aránguiz., y Sr. Arturo Prado P. No firman los Ministros Sra. Maggi y Sr. Aránguiz, no obstante haber ambos concurrido al acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones la primera, y haber fallecido el segundo. Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintidós.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de septiembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en la causa Rol 774-2019, de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tramitada para conocer la apelación de un incidente sobre tasación de bienes sociales embargados decretado en la causa Rol C-967-2012, del Juzgado de Letras de Castro, caratulada “Massa con Matamala” sobre terminación de contrato de arr
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