TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE

CARABINEROS DE CHILE CONTRA JEREMIAS EZEQUIEL QUEVEDO ZAMBRA

Rol

Fecha

7 de noviembre de 2023

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos RUC Nº 2200228846-3, RIT Nº O-98-2023, una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad dictó sentencia el 12 de junio de 2023, condenando al acusado Jeremías Quevedo Zambra, a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, una multa a beneficio fiscal de un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual, eximiéndole de las costas de la causa, como autor del delito de receptación de vehículo, sorprendido en esta jurisdicción el 7 de marzo de 2022. En contra de dicha sentencia la Defensora Penal Pública, doña Cristina Rodríguez Álvarez, dedujo recurso de nulidad, que fundamentó en la causal prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. A la audiencia de rigor, compareció la Defensora Penal Pública ya mencionada, mientras que por el Ministerio Público asistió el abogado don Stephan Justiniano Hofer. OÍDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la Defensa señala que el

Fallo

fallo impugnado incurre en la causal de nulidad del artículo 374 letra e), en relación al artículo 342 letra c) y al artículo 297 del Código Procesal Penal, lo que determina que el Tribunal llegara, mediante una valoración apartada de los parámetros que exigen estas dos últimas normas, a una convicción respecto a la existencia del ilícito y la participación del acusado en el delito de receptación de vehículo, ya que no corresponde con la conclusión que se habría obtenido de haber hecho una racional e íntegra ponderación de la prueba rendida. Como antecedentes del recurso, reproduce la acusación deducida por el Ministerio Público, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, explicando que en su alegato de apertura, adujo que instaría por la absolución, por cuanto no se podrá acreditar el elemento subjetivo del tipo penal de receptación, pues su representado dio explicaciones de cómo adquirió el móvil, con el producto de su trabajo, lo que impide estimar que tenía conocimiento de su origen ilegítimo; asimismo, que es conocido que en esta ciudad se efectúan muchas compraventas de vehículos de manera informal, sin efectuar los trámites reglamentarios, como la respectiva transferencia, tal como ocurrió en este caso. Junto con transcribir los artículos 342 letra c) y 297 del Código Procesal Penal, se refiere al deber de fundamentación de la sentencia como garantía de legitimación de la actividad jurisdiccional en un estado de democrático de derecho y a la exigencia de mo

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Iquique, siete de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: En estos autos RUC Nº 2200228846-3, RIT Nº O-98-2023, una sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad dictó sentencia el 12 de junio de 2023, condenando al acusado Jeremías Quevedo Zambra, a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, una multa a beneficio fiscal de un tercio (1/

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