1º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

HIPERMERCADO TOTTUS S.A. / INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE TALAGANTE

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos antecedentes ingreso Corte N°492-2023 Laboral sobre reclamación de multa caratulados “HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de Talagante”, en la causa RIT I-5-2023 que se sigue ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Talagante, por sentencia definitiva de 10/07/2023, en lo que interesa, se rechazó la reclamación deducida en contra de la Resolución Exenta N°1300-1406/2023 de 04/10/2022, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Talagante que multó con 60 UTM a la mencionada empresa por la infracción a la normativa laboral que consiste en “No suprimir en los lugares de trabajo los siguientes factores de peligro: …no contar con baños habilitados para trabajadores y trabajadoras con discapacidad. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general integridad física de los trabajadores”. Segundo: Que en contra de dicha decisión, el abogado don Kenneth Maclean Luengo, en representación de la empresa reclamante, interpuso recurso de nulidad basándose en la causal que contempla el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 37 del Decreto Supremo N°594 de 1999 del Ministerio de Salud; y, 184 del Código del Trabajo, por errónea aplicación, al ratificar lo resuelto en sede administrativa, pese a no haberse infringido dicha normativa. Señala que en la reconsideración administrativa, sostuvo que se había incurrido en un error de hecho, desde que las referidas normas legales, no establecen la obligación de que el empleador deba disponer de baños especiales habilitados para trabajadores con discapacidad por significar ello un riesgo en el lugar de trabajo. En suma, alega que el objeto de la controversia, d

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto, en representación de la empresa reclamante, en contra de la sentencia de diez de julio de dos mil veintitrés, dictada en la causa RIT I-5-2023 por doña Daniela Soto López, jueza titular del Primer Juzgado de Letras de Talagante. Redactó la ministra Sra. Catepillán. Regístrese y devuélvase. Rol N° 492-2023 Laboral. Pronunciada por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por los ministros señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y señor Patricio Martínez Benavides. Se deja constancia que no firma el ministro señor Martínez, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos antecedentes ingreso Corte N°492-2023 Laboral sobre reclamación de multa caratulados “HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. con Inspección Provincial del Trabajo de Talagante”, en la causa RIT I-5-2023 que se sigue ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Talagante, por sentencia definitiva de 10/07/

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