BARBAGELATA
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
REVOCADA/ ACOGE
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su
Fundamentos
considerando quinto, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que apela el interesado, de la sentencia de primer grado, que no dio lugar a rectificar las actas y/o partidas indicadas en su solicitud, basado en que cumplió con los requisitos legales, acompañó los documentos que acreditan la identidad de las personas cuya rectificación solicita, realizó la publicación en el Diario Oficial ordenada por el Tribunal, sin que constara la oposición de terceros y, si bien el Servicio de Registro Civil e Identificación señala que no puede efectuar la rectificación por vía administrativa, es por ello que le solicita al Tribunal que lo haga a fin de poder tramitar la doble nacionalidad chilena italiana. SEGUNDO: Que, el artículo 18 de la ley 4.808, sobre Registro Civil, establece que sólo podrán pedir rectificación de una inscripción las personas a que ésta se refiera, sus representantes legales o sus herederos. El juez, para rectificar la inscripción de una persona, deberá proceder con conocimiento de causa y resolverá con el mérito de los instrumentos públicos constitutivos del estado civil que comprueben el error. A falta de estos, decidirá, previa información sumaria y audiencia de los parientes en la forma prescrita en el Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que, a fin de acreditar que el solicitante, don Pablo Andrés Barbagelata Farías, cumple con los requisitos antes mencionados acompañó su certificado de nacimiento en el que se indica que su padre es Tito Barbagelata Briceño, RUN 7.250.871-8 y su madre es Patricia Inés Farías Vidal, RUN 6.699.268-3. También presentó el certificado de nacimiento de su padre, Tito Barbagelata Briceño, RUN 7.250.871-8, cuyo padre es Tito Barbagelata Foschini, RUN 870.310-8 y su madre María Lidia Briceño Ubilla. Además, adjuntó copia autorizada del Registro de Nacimientos de la Circunscripción de El Puerto, número uno, del departamento de Valparaíso, de fecha 5 de Febrero de 1912, en la que bajo el N° 276 consta el nacimiento de Tito Barbagelata Foschini, nacido el 11 de Enero de 1912, cuyo padre es Juan Barbagelata, italiano, comerciante, de 46 años de edad y su madre Inés Foschini de Barvagelata, italiana, labores del sexo. CUARTO: Que si bien no consta el acta de nacimiento de su bisabuelo, acompañó a su respecto copia autorizada del registro de matrimonio y de defunción, señalando el primero que en el Registro de Matrimonios del año 1911, en la circunscripción del Almendral, número dos, del departamento de Valparaíso, bajo el N° 188, el 23 de Abril de 1911 contrajo matrimonio Juan Bautista Barbagelata Valle, de nacionalidad italiana, de 46 años, comerciante, con Inés Faschini Costa, italiana, de 22 años, sin profesión. En la misma acta se indica que el padre del marido es Francisco Barbagelata y su madre Angela Valle. En cuanto a la defunción, se acompañó el Registro de Defunciones del año 1912, en la circunscripción de El Puerto, número (Ilegible), del departamento de Valparaíso,
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Rancagua, seis de Noviembre de dos mil veintitrés. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su considerando quinto, que se elimina. Y SE TIENE EN SU LUGAR, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que apela el interesado, de la sentencia de primer grado, que no dio lugar a rectificar las actas y/o partidas indicadas en su solicitud, basado en que cumplió con los requisitos legales, acompañó
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