JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

CRISTIAN GABRIEL FIGUEROA VALENZUELA C/ GUILLERMO DAVID GUZMAN GONZALEZ

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

INJURIA (ACCION PRIVADA). ART. 416 AL 420.

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS: Se ha trabado contienda de competencia entre los Juzgados de Garantía de Calama y el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, para conocer de este negocio. PRIMERO: Que, el veintiséis de octubre de los corrientes el Juzgado de Garantía de Calama trabó contienda de competencia, en atención a que el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, el treinta y uno de octubre del año en curso, rechazó la competencia declinada por el Juzgado de Garantía de Calama, indicando que la dirección señalada respecto del querellante corresponde a la comuna de Santiago y no a la comuna de San Joaquín, por lo cual no corresponde al territorio jurisdiccional de dicho Juzgado. SEGUNDO: Que, atendido lo expuesto en la querella, se estima que el principio de ejecución del delito se dio en la comuna de Calama, donde tiene domicilio el querellado, por lo cual el Juez competente para conocer del asunto sería el Juzgado de Familia de Calama. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 16 y 157 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para conocer de estos antecedentes el Juzgado de Garantía de Calama, a quien deberán remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto a los Juzgados de Garantía de Calama y al 12 Juzgado de Garantía de Santiago. Rol 1.523-2023 (Penal)

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 16 y 157 del Código Orgánico de Tribunales, se declara que es competente para conocer de estos antecedentes el Juzgado de Garantía de Calama, a quien deberán remitirse los antecedentes. Comuníquese lo resuelto a los Juzgados de Garantía de Calama y al 12 Juzgado de Garantía de Santiago. Rol 1.523-2023 (Penal)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a seis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Se ha trabado contienda de competencia entre los Juzgados de Garantía de Calama y el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, para conocer de este negocio. PRIMERO: Que, el veintiséis de octubre de los corrientes el Juzgado de Garantía de Calama trabó contienda de competencia, en atención a que el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, el

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