1º JUZGADO DE LETRAS DE TALAGANTE

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

ART. 485 INCISO 3º CT

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que los abogados del denunciante deducen recurso de nulidad, invocando las causales de los artículos 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo, sin señalar si éstas de interponen de manera conjunta o subsidiaria, en contra de la sentencia de veinte de septiembre pasado, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Talagante, que rechazó la acción interpuesta. 2°) Que el artículo 479 del Código del Trabajo dispone: “El recurso de nulidad deberá interponerse por escrito, ante el tribunal que hubiere dictado la resolución que se impugna, dentro del plazo de diez días contados desde la notificación respectiva a la parte que lo...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: 1°) Que los abogados del denunciante deducen recurso de nulidad, invocando las causales de los artículos 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo, sin señalar si éstas de interponen de manera conjunta o subsidiaria, en contra de la sentencia de veinte de septiembre pasado, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Talagante, que rechaz

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