GUZMÁN/ISAPRE CRUZBLANCA S.A.
Rol
Fecha
8 de noviembre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2°.- Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandante el dieciocho de agosto del año en curso (folio N°25), en contra de la resolución de catorce del mismo mes y año (folio N°24-cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-15612-2023.mst
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el demandante el dieciocho de agosto del año en curso (folio N°25), en contra de la resolución de catorce del mismo mes y año (folio N°24-cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-15612-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. Advirtiendo un error informático en la certificación de folio N°2, se deja sin efecto la misma. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la subs
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