1º JUZGADO DE LETRAS DE RENGO

DSV AIR Y SEA S.A. CON AGRÍCOLA LOS OREGONES

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus

Fundamentos

motivos tercero y cuarto, que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que se alzó ante esta Corte de Apelaciones, don Víctor Beltrán Valenzuela, abogado, en representación de la ejecutada Agrícola Los Orgones SpA., en los antecedentes sobre juicio ejecutivo caratulado “DSV AIR & SEA S.A. con Agrícola Los Orgones SpA”, e interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de fecha 28 de Abril de 2023, pronunciada por el Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo, que rechazó la excepción de pago opuesta a la demanda y ordenó seguir adelante con la ejecución, con costas. SEGUNDO: Que el recurrente explica, como fundamento de su recurso, que acompañó en primera instancia una serie de documentos que permitían tener por acreditado que su parte había pagado, a lo menos, parcialmente la deuda que se cobra en autos, sin embargo el Tribunal a quo, en el considerando cuarto, estima improcedente el pago parcial. Agrega que si el Tribunal hubiere analizado los pagos que su parte acompañó, no objetados por la demandante, debió concluir que con los pagos posteriores a las respectivas facturas que se cobran en este juicio, la deuda se encontraba pagada en su totalidad, bastando efectuar simples operaciones matemáticas, para así deducirlo, lo que está reforzado por la prueba confesional solicitada por su parte, en la cual, al dar la contraria respuestas evasivas debió tenerlo por confeso, en especial en relación a las preguntas número 10, 11 y 12. Por lo que solicita se acoja la excepción de pago, se revoque la sentencia y se niegue lugar a la demanda, en todas sus partes, con costas. TERCERO: Que, si bien es efectivo que el ejecutado acompañó varios documentos que daban cuenta que su parte realizó una serie de transferencias en dólares, entre Febrero y Noviembre de 2019, en ninguna de ellas aparece que el cliente beneficiario de las mismas hubiese sido Dsv Air & Sea S.A., como aparece en las facturas cuyo cobro se intenta en este juicio, y decretada como medida para mejor resolver que el Banco Estado informara si la ejecutada registraba transferencias realizadas a la ejecutante, sólo informó de 3 del día 15 de Julio de 2018, 5 de Noviembre de 2018 y 15 de Enero de 2019, por un monto cercano a los 6 millones de pesos en total, pero habiendo el demandado señalado que mantenía una relación comercial con la ejecutante que iba más allá de las facturas cobradas en el litigio, no puede con dicha información imputarse las transferencias informadas a las facturas que se cobran en autos. Tampoco permite lo anterior la confesional rendida por el representante de la ejecutante, pues no realizó ningún reconocimiento de algún abono, expresando que la obligación seguía vigente y que quería seguir con la demanda. CUARTO: Que, sin perjuicio de lo anterior, la ejecutante al contestar el traslado de la excepción opuesta dijo que lo que se requería era acreditar el pago total de lo adeudado, por cuanto real

Fallo

se decide: Que, se REVOCA la sentencia apelada de fecha veintiocho de Abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Rengo en los autos Rol C-2304-2019, sólo en cuanto rechazó la excepción de pago del artículo 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil y condenó en costas a la ejecutada y, en su lugar se resuelve: I. Que se acoge parcialmente dicha excepción, hasta por la suma de nueve millones quinientos diecinueve mil setecientos tres pesos ($9.519.703), por lo que se ordena continuar con la ejecución de la deuda hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, sólo por el monto de diecinueve millones novecientos sesenta y dos mil trescientos treinta y siete pesos ($19.962.337), más reajustes e intereses. II. Que no habiendo resultado totalmente vencido el ejecutado se le exime del pago de las costas. Regístrese, comuníquese e incorpórese al sistema. Redacción de la Ministra Sra. Marcela de Orúe Ríos. Rol I. Corte 804-2023. Civil. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, tres de Noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus motivos tercero y cuarto, que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que se alzó ante esta Corte de Apelaciones, don Víctor Beltrán Valenzuela, abogado, en representación de la ejecutada Agrícola Los Orgones SpA., en los antecedentes sobre juicio ejecutivo ca

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