SIN INFORMACION

INNOCENT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos A folio 1, comparece Alejandro Antonio Ibañez Martinez, abogado, quien deduce recurso de reclamación de expulsión del artículo 141 de la ley 21.325, a favor de Kal-Robbins Kelly Innocent, ciudadano de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, por haber dictado resolución exenta N°23373533 de fecha 29 de septiembre de 2023, la que rechazó la solicitud de residencia temporal y dispone el abandono del país, por los

Fundamentos

motivos que indica. Indica que el recurrente ingresó por primera vez al país con fecha 20 de enero de 2018, en calidad de turista, con un permiso de 90 días, obteniendo de manera posterior la residencia temporal hasta el 25 de julio de 2019. Que con fecha 07 de febrero de 2018, celebró un contrato de trabajo con la Sociedad de Inversiones Costa Sur Austral, para la realización de labores de operario, el cual duró hasta el 01 de diciembre de 2020. Posterior a ello, con fecha 15 de junio de 2021, realiza inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos para la realización de servicios de venta de ropa y accesorios, obteniendo en el intertanto un nuevo beneficio de residencia temporal, hasta el 16 de abril de 2022. Con fecha 11 de julio de 2022, el reclamante contrajo matrimonio con la ciudadana chilena Karen Viviana Cárcamo Muñoz, el que se encuentra inscrito en el registro civil de Puerto Montt, bajo el número 348 del año 2022. Refiere que durante los años 2022 y 2023, ha desempeñado labores independientes, con el respectivo pago de impuestos, manteniendo una conducta intachable y contando con un arraigo familiar. Explica que el recurrente fue notificado el día 29 de septiembre del año en curso de la resolución exenta del Servicio Nacional de Migraciones número 23373533, que rechazó la solicitud de residencia temporal otorgó un plazo de 30 días para que pueda abandonar el país, sosteniendo que el reclamante “no adjuntó el certificado de antecedentes de su país de origen, debidamente legalizado por el Consulado chileno en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores.” Da cuenta que con fecha 18 de abril del 2023, se le comunicó al reclamante la misma falta de antecedentes indicada, ante lo cual aquel presenta una carta explicando los inconvenientes para obtener el certificado solicitado en el plazo de diez días otorgado para ello. Alega, ante todo, el principio de reunificación familiar en base a lo establecido en el artículo 1 inciso 2 de la Constitución Política y el artículo 19 de la Ley 21.325, siendo un deber del Estado otorgar dicha protección, máxime el estado civil que mantiene el reclamante en el país, tal como lo asienta jurisprudencia que invoca al respecto. Continua con referencias a la nueva regulación de la expulsión del territorio contempladas en la ley 21.325, particularmente las exigencias establecidas en el artículo 127 de dicha norma y el procedimiento que se debe llevar a cabo para ello. Alega como garantías vulneradas las del artículo 19 N°3 en cuanto a la inobservancia del debido proceso, relacionado aquello con lo establecido en el artículo 139 del reglamento de la ley 21.325. Además, sostiene la inobservancia del principio de proporcionalidad con la medida impuesta en su contra, vulnerando con ello la garantía del artículo 19 N°7 de la Constitución. Sostiene que el procedimiento denunciado no fue racional, justo y que la ponderación efectuada no se llevó a cabo conforme a las normas in

Fallo

Por estas consideraciones y visto los dispuesto en los artículos 91, 126 y 141 de la ley 21.325, se rechaza el reclamo interpuesto por el abogado Alejandro Antonio Ibañez Martinez a favor de Kal-Robbins Kelly Innocent, en contra del Servicio Nacional De Migraciones. Redacción a cargo del Ministro Jaime Vicente Meza Sáez. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Contencioso Administrativo N°35-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, tres de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos A folio 1, comparece Alejandro Antonio Ibañez Martinez, abogado, quien deduce recurso de reclamación de expulsión del artículo 141 de la ley 21.325, a favor de Kal-Robbins Kelly Innocent, ciudadano de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional De Migraciones, por haber dictado resolución exenta N°23373533 de fecha 29 de sept

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