SIN INFORMACION

ALVARADO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAM

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de BELCO NIBALDO MOLINA ACOSTA, abogado, cédula de identidad Nº11.817.239-6, domiciliado para estos efectos en calle Madame Curie N°2362, Depto. 31, Calama, en representación de doña MERY ALVARADO ARANCIBIA, comerciante, boliviana, cédula de identidad de extranjeros N°23.514.440-9, domiciliada para estos efectos en calle Rafael Vargas N° 2053, Calama, quien de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, deducen acción de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama, representada por su Alcalde don ELIECER CHAMORRO VARGAS y del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE DICHA MUNICIPALIDAD, ambos domiciliados en calle Vicuña Mackenna Nº 2001, Calama, por la acción que considera ilegal y arbitraria consistente en el rechazo de los recursos de reposición presentados en contra de los Decretos que negaron la renovación de las patentes de alcoholes de sus locales ubicados en el Centro de la ciudad de Calama, mediante Decreto General Alcaldicio Nº1156, de fecha 6 de septiembre de 2023, y el Acuerdo Nº286/2023 del Consejo Municipal, que establece “RECHAZAR el Recurso de Reposición presentado por la recurrente, respecto del local “INTI” y Decreto General Alcaldicio Nº1241, de fecha 15 de septiembre de 2023, y el Acuerdo Nº293/2023 del Consejo Municipal, que establece “RECHAZAR el Recurso de Reposición presentado por la Contribuyente Sra. JUANA TORRES BALCAZAR, titular de la patente de alcoholes la cual es arrendada por la recurrente, respecto del local “Encuentro Internacional”, habida consideración de que dichos Decretos han perturbado sus garantías constitucionales, previstas y establecidas en los números 2, 3, 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando disponer restablecer el imperio del derecho y en especial, ordenar la renovación de las patentes en cuestión, dejando sin efecto los Decretos Alcaldicios y Acuerdos del Consejo Municipal señalados, todo ello con costas

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente funda sus recursos en los siguientes hechos: 1.- Respecto del Local “INTI”. Que, con fecha 31 de julio de 2023, su representada presentó Recurso de Reposición en contra del Decreto General Alcaldicio N°872/2023, de fecha 25 de julio de 2023, y que le fuera notificado a la recurrente el día 27 de julio de 2023, el cual en su parte resolutiva señala: “Teniendo presente lo informado por la Dirección de Finanzas, se RECHAZA la Renovación correspondiente al 2º Semestre del año 2023, de la Patente de Alcohol de propiedad de la Sra. MERY ALVARADO ARANCIBIA, RUT Nº23.514.440-9, Rol Nº 400584, Giro “SALA DE CERVEZAS” local ubicado en calle Vargas Nº2053, de la ciudad de Calama, Nombre del Local “INTI”.”, y cuya Resolución se sustenta en los siguientes fundamentos: - Las infracciones graves cursadas y denunciadas ante Juzgado de Policía Local de Calama, evidenciando el mal comportamiento del Local, siendo éstos los siguientes: 29-04-2023, Estorbar o impedir la fiscalización de Carabineros de Chile.; - El informe Nº090/2023, emitido por la Dirección de Obras, mediante el cual informa que se constató que el local ha sido ampliado hacia el costado oriente de la propiedad, no coincidiendo con el Proyecto Original, según Certificado de Recepción Final Nº051/2004; - El informe negativo de la Junta de Vecinos, sobre peleas y exhibicionismo; - Lo informado por la Dirección de Seguridad Pública, quienes han atendido diversas denuncias por ruidos molestos denunciados por vecinos del sector, acto que infringe las normativas vigentes; - Videos que acreditan hechos denunciados. Agrega que, el Decreto General Alcaldicio Nº1.156, de fecha 6 de septiembre de 2023, que le fuera notificado a su representada el día 11 de septiembre de 2023, y el Acuerdo Nº286, emanado del Honorable Concejo Municipal, que acordaron: “RECHAZAR el Recurso de Reposición presentado por la Contribuyente Sra. MERY ALVARADO ARANCIBIA, RUT Nº23.514.440-9, mediante el cual solicita autorización para la renovación del Segundo Semestre del año 2023, de la patente de Alcohol Rol Nº400584, Giro “Sala de Cervezas” local ubicado en calle Vargas Nº2053, de la ciudad de Calama, Nombre del Local “INTI”. Se ratifica en todas sus partes la Resolución adoptada en el Acuerdo Nº216/2023, de fecha 30 de Junio de 2023, sancionado mediante el Decreto General Nº872/2023 de fecha 25 de julio de 2023, y los sustentos de los fundamentos de acuerdo a lo informado por la Dirección de Finanzas y la Asesoría Jurídica del Municipio”. Sostiene que, tanto los Acuerdos emanados del Honorable Concejo Municipal y los Decretos Generales, antes singularizados son arbitrarios e ilegales, en virtud de que los fundamentos en que se basa la autoridad administrativa, para la no renovación de las patentes de alcoholes en cuestión, son absolutamente antojadizos y sin sustento jurídico, señalando al respecto: Refiere que, respecto a las infracciones graves cursadas y denunciadas ante Juzgado de Pol

Fallo

por tanto la resolución final que ha puesto termino al procedimiento administrativo de no renovar su patente de alcohol por el periodo respectivo. Agrega que, en dicha calidad, este acto lo que hizo fue poner término al procedimiento administrativo, el cual a su vez contiene una serie de actuaciones, resoluciones y decisiones formuladas por el Municipio en el ejercicio de sus funciones, especificación que importa que, a lo largo de todo el procedimiento fueron dados a conocer los fundamentos del rechazo en la renovación, el cual, en sus vistos contiene todos y cada uno de los antecedentes que se tuvieron en consideración, a lo largo de todo el procedimiento administrativo, para finalmente denegar la renovación, deteniéndose particularmente en el Decreto Alcaldicio General n° 872 de 25 de julio de 2023, el cual da cumplimiento al acuerdo n° 216 adoptado por el Concejo Municipal y que expresa en lo pertinente: La resolución adoptada se sustenta teniendo presente los siguientes fundamentos: 1.- Infracción grave cursada y denunciada ante el Juzgado de Policía Local de Calama, siendo la siguiente: Estorbar o impedir la fiscalización de Carabineros de Chile. Indica que, la contraria sostiene en su Recurso que: “la multa cursada fue injusta”, “que el procedimiento de Carabineros de Chile fue abusivo”, “que la policía no tenía una orden”. Pues bien, a diferencia de lo manifestado por la recurrente, dichos fundamentos debieron ser alegados en la defensa respectiva ante el Juez de Pol

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, tres de noviembre dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de BELCO NIBALDO MOLINA ACOSTA, abogado, cédula de identidad Nº11.817.239-6, domiciliado para estos efectos en calle Madame Curie N°2362, Depto. 31, Calama, en representación de doña MERY ALVARADO ARANCIBIA, comerciante, boliviana, cédula de identidad de extranjeros N°23.514.440-9, domiciliada para estos efectos en calle

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