ZAMBRANO/TOTAL CLEAN AGRO LIMITADA
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2023
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de veinticinco de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7428-2021 se acoge parcialmente la demanda subsidiaria, solo en cuanto condenó a la demandada al pago del feriado proporcional adeudado. Contra dicho fallo la parte demandante deduce recurso de nulidad, invocando la causal prevista en el artículo 478 letra b) y en el artículo 478 letra e), ambas disposiciones del Código del trabajo, no desarrollando argumentación respecto a la segunda causal enunciada. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la recurrente deduce el recurso por la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, argumentando que, según su criterio, la ponderación probatoria del
Fallo
fallo la parte demandante deduce recurso de nulidad, invocando la causal prevista en el artículo 478 letra b) y en el artículo 478 letra e), ambas disposiciones del Código del trabajo, no desarrollando argumentación respecto a la segunda causal enunciada. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista. Considerando: Primero: Que la recurrente deduce el recurso por la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, argumentando que, según su criterio, la ponderación probatoria del fallo resulta absolutamente débil, surgiendo de forma manifiesta infracciones a las normas de la sana crítica. Sostiene al respecto que el estándar probatorio exigido por el sentenciador para dar por acreditado los hechos es extraordinariamente bajo y discrecional, omitiendo las máximas de la experiencia al otorgar valor a cada prueba aportada al proceso por ambas partes, y existiendo infracción a los principios de la lógica. En cuanto a la infracción de las máximas de la experiencia, indica que esta se materializa toda vez que, según afirma, un trabajador dejará testimonio por escrito en sede administrativa de un despido verbal, a través de una constancia, y consecuencialmente se ausentará de forma permanente de sus labores, solo si efectivamente ha sido despedido de aquel modo. Adicionalmente, estima el recurrente que existe vulneración al principio de razón suficiente, ya que las inasistencias de la trabajadora y la constancia en sede administrativa tienen su orig
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Por sentencia de veinticinco de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-7428-2021 se acoge parcialmente la demanda subsidiaria, solo en cuanto condenó a la demandada al pago del feriado proporcional adeudado. Contra dicho fallo la parte demandante deduce recurso de
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