GLORIA ALEJANDRA CALISTO MAYORGA C/ RICARDO IGNACIO VILLAGRA CORNEJO
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2023
Materia
CUASIDELITO DE HOMICIDIO: CODIGO AGRUPADOR (00906, 00907 Y 00908).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por el Sr. Juez a quo, principalmente en cuanto al tiempo acotado de ausencia y la extensión de la investigación, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de veintiséis de octubre del año en curso, por la que dispuso la suspensión temporal del arraigo nacional respecto del imputado Julio Andrés Ojeda Puig. Acordado lo anterior con el voto en contra del ministro Suplente don Luis Álvarez Valdés, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, al compartir los argumentos de los apelantes, estimando que la necesidad de suspender temporalmente el arraigo decretado respecto del imputado, no se encuentra suficientemente justificada, debido a que no se ha establecido que el mismo sea la única persona idónea para realizar la labor encomendada y, manteniendo además sus
Fundamentos
fundamentos de la resolución dictada en causa Rol 176-2023 del ingreso Penal de esta Corte. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N° 402-2023. Penal.
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Punta Arenas, dos de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Atendido el mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos vertidos por el Sr. Juez a quo, principalmente en cuanto al tiempo acotado de ausencia y la extensión de la investigación, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada por
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