BANCO DE CRÉDITO/ABARZÚA
Rol
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en los que se sustente, y las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. 2.- Que la apelación de fecha veintinueve de septiembre interpuesto por la parte demandada, carece de fundamentos de derecho, razón por la cual el recurso de apelación no puede prosperar. Y atendido, lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha veintinueve de septiembre del presente año, en contra de la resolución de fecha cuatro de septiembre del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-15928-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, seis de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme lo dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener fundamentos de hecho y de derecho en los que se sustente, y las peticiones concretas que se formulan al Tribunal de segunda instancia. 2.- Que la apelación de fecha veintinueve de septiembre
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