MP C/ JOSEFA ANTONIA POBLETE SOTO
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR.
Hechos
Visto y teniendo, únicamente, presente: Que atendida la dinámica de los hechos y la carencia de antecedentes penales anteriores de la imputada Josefa Poblete Soto, permiten estimar que una medida cautelar menos rigurosa que la prisión preventiva es suficiente para alcanzar los fines del procedimiento, por lo que se enmendará la resolución recurrida en los términos que se dirá. Por lo antes expuesto, oídos los intervinientes que concurrieron a la vista del recurso y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, en su parte apelada, la resolución dictada en audiencia de veinticinco de octubre del año en curso, en causa R.I.T. 1434-2023 del Juzgado de Garantía de San Javier, que decretó la prisión preventiva de la imputada Josefa Antonia Poblete Soto y, en su lugar, se sustituye la aludida medida cautelar, por las previstas en las letras a), d) y g) del artículo 155 del Código precitado, estos es, arresto domiciliario nocturno, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas del día siguiente, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. Rol 1.817-2023/Penal.
Texto Completo (Preview)
Talca, dos de noviembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo, únicamente, presente: Que atendida la dinámica de los hechos y la carencia de antecedentes penales anteriores de la imputada Josefa Poblete Soto, permiten estimar que una medida cautelar menos rigurosa que la prisión preventiva es suficiente para alcanzar los fines del procedimiento, por lo que se enmendará la resolución recurrida e
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