SEPÚLVEDA/ILTE. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2023
Materia
REAJUSTES E INTERESES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1824-2022, se rechazó la demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, sin costas por haber tenido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Contra esa sentencia, la parte denunciante y demandante interpuso recurso de nulidad, basado en las causales subsidiarias del artículo 478 letra c) y 478 letra b), ambos del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. Considerando: Primero: Que como primera causal de nulidad se invoca la prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, “Cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior.” Argumenta que la causal se configura en virtud de los hechos que se tuvieron por establecidos en el considerando sexto del
Fallo
fallo recurrido, conforme a los cuales la sentenciadora concluyó que la actora efectivamente sufrió conductas vulneradoras, pero las mismas no serían constitutivas de mobbing o acoso laboral. Sostiene que la conclusión expuesta es errada a la luz de los hechos y el derecho, por lo que debe ser modificada, al encontrarse en presencia de una conducta de acoso laboral manifestada en actos reiterados que en el caso se verifica en la extensa suspensión provisoria. Además, carece de toda lógica y contraviene las máximas de la experiencia, más aún cuando el denunciado al no contestar no desvirtuó los indicios de la vulneración expuestos por su parte. Precisa que manteniendo las conclusiones fácticas, en cuanto a la existencia y fecha de inicio de la relación laboral; que la trabajadora fue suspendida provisoriamente desde el 26 de mayo de 2022; que es presidenta de la Asociación de Asistentes de la Educación, que se le negaba el ingreso a las reuniones gremiales; que no se realizó ninguna investigación por las denuncias que efectuó contra el funcionario Sr. Rocco, y que éste le consultó sobre su salud y disposición a acogerse al incentivo al retiro en forma previa a la suspensión, resulta necesario cambiar la calificación jurídica de los hechos y establecer que efectivamente la denunciante sufrió por parte de la denunciada conductas vulneradoras reiteradas y sistemáticas de acoso laboral. Solicita concretamente que se acoja el recurso por la causal invocada y consecuentemente se
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6 Santiago, dos de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos: Por sentencia de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1824-2022, se rechazó la demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, sin costas por haber tenido motivos plausibles para litigar. C
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