SIN INFORMACION

GEORGE AYRES HENRÍQUEZ/ PAULA FREDES MONSALVE EN SU CALIDAD DE JUEZA DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE CONCEPCIÓN

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, se advierte que esta Corte no puede resguardar las garantías fundamentales invocadas, por esta vía, toda vez que los hechos relatados se encuentran sometidos al imperio del derecho; por ello y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al tercer otrosí: Téngase presente. En cuanto a la forma de notificación, atendido lo dispuesto en el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-19363-2023.

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Al tercer otrosí: Téngase presente. En cuanto a la forma de notificación, atendido lo dispuesto en el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Regístrese y archívese. N°Protección-19363-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/ccv Concepción, dos de noviembre de dos mil veintitrés. Al recurso de folio 1: A lo principal, primer y segundo otrosíes: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo, se advierte que esta Corte no puede resguardar las garantías fundamentales invocadas, por esta vía, toda vez que los hechos relatados se encuentran sometidos al imperio del derecho; por ello

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