CORNEJO/BANCO ITAU CORPBANCA (LTE)
Rol
Fecha
31 de octubre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la resolución en alzada, con excepcion de los
Fundamentos
considerandos 5° y 6° que se eliminan. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que la interlocutoria de prueba se dictó el dos de enero de dos mil veinte, esto es, con anterioridad a la vigencia del estado de excepción constitucional al que alude el artículo 6 de la Ley N° 21.226, sin que la parte demandante haya realizado gestiones útiles en el proceso, ni encargado la notificación de dicha resolución, de modo que se configuran los presupuestos contemplados en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Por lo anteriormente señalado, se revoca la resolución apelada de veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa C-14765-2019 y en su lugar
Fallo
se declara que se acoge el incidente de abandono de procedimiento, sin costas. Comuníquese. N°Civil-3949-2022. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y señor Tomás Gray Gariazzo. En Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 7: a todo, téngase presente. Visto: Se reproduce la resolución en alzada, con excepcion de los considerandos 5° y 6° que se eliminan. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Que la interlocutoria de prueba se dictó el dos de enero de dos mil veinte, esto es, con anterioridad a la vigencia del estado de excepc
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica