BANCO CONSORCIO/INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA CYV SPA
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2) Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutado el cinco de agosto del año en curso (folio N°153), en contra de la resolución de treinta y uno de julio del mismo año (folio N°151-cuaderno de apremio). Devuélvase. N°Civil-13022-2023.mst
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ejecutado el cinco de agosto del año en curso (folio N°153), en contra de la resolución de treinta y uno de julio del mismo año (folio N°151-cuaderno de apremio). Devuélvase. N°Civil-13022-2023.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veintitrés. Al folio N°9: por recibidos los antecedentes del tribunal de primera instancia y por cumplido lo ordenado por resolución de catorce de septiembre del presente año. Vistos y teniendo presente: 1) Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instanc
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