SIN INFORMACION

LAPKO GONZÁLEZ ANNA DEL CARMEN / HOSPITAL CARLOS VAN BUREN

Rol

Fecha

31 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece Ana del Carmen Lapko González, con domicilio en Cerro Alegre, Valparaíso, quien recurre de protección contra el Hospital Carlos Van Buren, y denuncia como ilegal y arbitrario el haberla sacado de la lista de espera, para su operación al tobillo derecho, porque supuestamente no habrían podido contactarla, por lo que pide ser reincorporada a dicha lista, y acelerar los trámites necesarios para la operación descrita, ya que lleva un tiempo de espera de 6 años. Relata que fue diagnosticada con Artritis Reumatoide, la que le ha causado secuelas, específicamente en el tobillo y mano derechos, por lo cual el año 2017 le dieron una orden de hospitalización para operarla de ambas articulaciones. Señala que el año 2019 fue operada de su mano derecha, pero hasta hoy espera su operación al tobillo. Indica que el año 2022 recibió una nueva orden de hospitalización para una segunda intervención a su mano derecha. Añade que en los 6 años de espera, ha acudido en reiteradas ocasiones al Hospital recurrido, para consultar sobre su operación al tobillo, pero la respuesta siempre es, que sigue en “Lista de Espera”. Refiere que el 4 de septiembre de 2023 presentó un reclamo en el sistema OIRS del Hospital, por dicha demora excesiva, la que fue respondida el 8 de septiembre pasado, haciendo referencia a la orden de hospitalización del 2022, y no la del 2017. Es por esto, que el 12 de septiembre pasado, la actora acude a la UAP del Hospital, donde le informan que solo tiene vigente la orden de intervención del año 2022, y en relación a la cirugía de tobillo fue egresada por “no lograr contactarla”, cuestión que le llama la atención, ya que acude constantemente al hospital para atenderse por otras especialidades. Añade que en enero del presente año recibió un llamado del hospital para confirmar sus datos para facilitar el contacto para su cirugía. Además, le indicaron que le habrían enviado una carta certificada, pero ella nunca llegó a su domicilio. Sol

Fundamentos

Considerando: Primero: Que del tenor de la causal de egreso por salida administrativa, invocada por la recurrida, aparece que la decisión de excluir a la recurrente de la Lista de Espera no GES en que se encontraba, es ilegal, porque no se dan los supuestos de hecho que indica la norma, la que alude a un error en los datos de contacto entregados por la paciente, lo que en este caso no se ha acreditado, sino al contrario, con los documentos acompañados por la recurrente aparece que ella ha sido contactada por la misma recurrida para gestionar horas médicas en otras especialidades, y en cuanto al domicilio, la norma exige que la recurrida debe verificar la recepción de carta certificada, por parte del usuario o su representante, lo que en este caso no se acreditó. Segundo: Que, en efecto, de los documentos acompañados por la recurrida no aparece ningún antecedente que indique a qué número se trató de contactar a la recurrente, en qué oportunidades, y tampoco existe registro alguno de la carta certificada que asegura haber enviado al domicilio de la actora, así como tampoco su recepción por parte del destinatario, déficit que provoca que la decisión del hospital recurrido sea ilegal, como ya se dijo. Tercero: Que, además, la misma decisión es arbitraria por cuanto, como la misma recurrida reconoció, la actora es usuaria del hospital recurrido, acude para recibir distintas prestaciones, e incluso forma parte de la Lista de Espera para otra intervención quirúrgica, en su mano derecha, por lo que contaba con los medios necesarios para ubicar a la recurrente, atendida la grave consecuencia que le significaba a la usuaria, el ser excluida de la Lista de Espera no Ges, para una intervención quirúrgica en su tobillo derecho, para el cual llevaba ya más de 6 años de espera. Cuarto: Que confirma lo anterior, la gestión ofrecida por la recurrida a raíz del reclamo efectuado ante ello por la actora, y por la presentación de este mismo recurso, que es gestionar una hora médica para que un profesional emita una nueva orden de hospitalización, a fin de incorporarla nuevamente a la Lista de Espera no GES, cuestión que sin duda la perjudicaría, puesto que perdería la antigüedad que tenía en dicha lista, antes de la actuación ilegal y arbitraria del hospital, la que superaba los 6 años. Quinto: Que el acto ilegal y arbitrario aludido vulnera el derecho a la integridad física y psíquica de la recurrente, en cuanto la excluye de la Lista de Espera necesaria para recibir las prestaciones de salud que requiere, por una causal que no se encuentra justificada, por lo que el recurso se acogerá, como se dirá.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Ana del Carmen Lapko González contra el Hospital Carlos Van Buren, y en consecuencia, se ordena al recurrido reingresar a la actora en Lista de Espera no GES, por la orden de hospitalización emitida el 2017, por el diagnóstico “Sinovectomía Tobillo Derecho”, manteniendo el lugar que tenía en dicha lista, en la fecha en que fue egresada, en el plazo máximo de 10 días, debiendo informar a esta Corte, el cumplimiento de lo resuelto. Asimismo, se ordena a la recurrida realizar todas las gestiones pertinentes para que la actora pueda recibir la cirugía indicada, a su tobillo derecho, en el menor tiempo posible. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección 22263-2023. En Valparaíso, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1 comparece Ana del Carmen Lapko González, con domicilio en Cerro Alegre, Valparaíso, quien recurre de protección contra el Hospital Carlos Van Buren, y denuncia como ilegal y arbitrario el haberla sacado de la lista de espera, para su operación al tobillo derecho, porque supuestamente no h

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